El Consejo de Ministros ha aprobado que las empresas estén obligadas a intentar adaptar o cambiar el puesto en casos de incapacidad.
El Consejo de Ministros ha aprobado una reforma para poner fin a los despidos sobrevenidos por incapacidad permanente o gran invalidez, eliminando estos supuestos del artículo 49 de la ley del Estatuto de los Trabajadores.
El Ministerio de Trabajo puso en marcha el pasado 6 de marzo un anteproyecto de ley para la reforma de esta norma en materia de despido, poniéndola en disposición de una audiencia pública para que la sociedad civil pudiese realizar aportaciones al texto.
Si los cambios suponen «una carga excesiva» para la empresa, -algo interpretativo según si puede ser paliada con subvenciones o no, y si el entorno laboral físico puede adaptarse o no- se deberá intentar el cambio a otro puesto de trabajo compatible con su nueva situación, según dicta la norma.
Se trata de una norma firmada con el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), plataforma que ve “positiva” la medida al venirla demandando por considerar que la regla hasta ahora vigente suponía una “vulneración” del derecho al empleo y la ocupación de las personas con discapacidad, recogido en el artículo 27 de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Esta norma se suma a otro cambio en la legislación laboral aprobado este martes por el Consejo de Ministros, el de la reforma del subsidio de desempleo.
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