Eutanasia: cuando un padre se interpone entre su hijo y la muerte
El diario español El País divulgó información sobre la controversia judicial provocada por la eutanasia de un hombre de 56 años a la que se ha opuesto su padre, que tiene 96. Desde hace más de dos años, el hijo está autorizado para recibir la eutanasia, pero la oposición parental ha impedido que esta se lleve a cabo.
La cuestión que se discute, dice el periódico, es “la legitimidad de un padre para decidir sobre la eutanasia de su hijo”. Lo novedoso es que la justicia española ha admitido el interés legítimo de los padres para oponerse, aclarando la incertidumbre regulatoria de las disposiciones legales que en ese país rigen esta materia. No obstante, el anciano progenitor, fatigado por esa lucha, “ha decidido tirar la toalla y no continuar con la batalla”, dejando en libertad a su hijo para que reemprenda “el camino de la ayuda a morir”.
Lo que en el derecho español pasa por incertidumbre, en el nuestro supongo que es oscuridad. Esta circunstancia me movió a presentar a la Asamblea Legislativa a finales de 2014, en compañía de otro diputado, un Proyecto de Ley sobre muerte digna de pacientes en estado terminal que, hasta donde recuerdo, no tuvo ningún eco en el remiso ambiente legislativo. De hecho, el proyecto se archivó casi cuatro años después, sin que nadie dijera ni tus ni mus.
A sabiendas de que el proyecto difícilmente tendría acogida, nuestro modesto propósito era que el tema al menos se ventilara, como antes y después ha ocurrido en el mundo, escenario pasivo donde se presenta cotidianamente la muerte indigna: por ejemplo, de migrantes perseguidos o abandonados a su suerte, de víctimas civiles en guerras antojadizas de todo tipo o de adversarios políticos sustraídos al mundo y recluidos hasta el fin de sus días en las mazmorras de tiranos de todo pelaje.
En este irónico contexto, suena deslumbrante el artículo 116 de nuestro Código Penal, que tipifica el homicidio por piedad e impone de seis meses a tres años de prisión al que, movido por un sentimiento de piedad, matare a un enfermo grave o incurable, ante el pedido serio e insistente de este, aun cuando medie vínculo de parentesco.
El caso español me recordó lo que decía Martin Amis refiriéndose al padre: “El hombre que está entre el hijo y la muerte”. No siempre.
carguedasr@dpilegal.com
Carlos Arguedas Ramírez fue asesor de la Presidencia (1986-1990), magistrado de la Sala Constitucional (1992-2004), diputado (2014-2018) y presidente de la Comisión de Asuntos de Constitucionalidad de la Asamblea Legislativa (2015-2018). Es consultor de organismos internacionales y socio del bufete DPI Legal.