Sala Constitucional recibe tres gestiones contra el secreto de Estado decretado por Laura Fernández: conozca los argumentos de los recurrentes
La Sala Constitucional confirmó que ha recibido tres gestiones contra el decreto de la presidenta de la República, Laura Fernández, que declaró secreto de Estado numerosa información relacionada con el Consejo Nacional de Seguridad Pública, la Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional (DIS) y el grupo de trabajo Fuerza Élite.
Se trata de dos recursos de amparo y una acción de inconstitucionalidad. En uno, se solicita que cautelarmente se suspendan los efectos del decreto, al considerar que limita el acceso a información de interés público y la fiscalización sobre el uso de recursos públicos.
La declaratoria fue emitida en el decreto 45870, publicado en La Gaceta el lunes 10 de agosto. Además, fue firmada por el ministro de Seguridad, Gerald Campos.
Gestiones
Uno de los expedientes es el 26-29318-0007-CO, correspondiente a un recurso de amparo que se encuentra en análisis de admisibilidad, al igual que las otras dos gestiones. El recurrente sostiene que la medida vulnera el derecho de acceso a la información pública y cuestiona que este tipo de restricciones puedan establecerse mediante un decreto ejecutivo. Por ello, solicita a la Sala declarar con lugar el recurso y que se anule el decreto.
En segundo lugar, el amparo tramitado bajo el expediente 26-28940-0007-CO cuestiona la reserva de información al considerar que limita el acceso a información de interés público y la fiscalización sobre el uso de recursos públicos.
Además, solicita como medida cautelar la suspensión inmediata de los efectos del decreto mientras se tramita el recurso.
Por último, la acción de inconstitucionalidad 26-29106-0007-CO cuestiona que el decreto establezca una declaratoria general de secreto que afecta el acceso a la información pública, la transparencia y la rendición de cuentas, así como la libertad de expresión y el principio de reserva de ley. También, sostiene que las restricciones a derechos fundamentales no pueden establecerse mediante un decreto ejecutivo.
Secreto de Estado amplio
El decreto definió un amplio margen de elementos sujetos al secreto de Estado.
Sobre los documentos declarados, se incluyó “pero no se limita” a lo relacionado con las formas de operación de la delincuencia organizada y las dinámicas policiales de prospección y despliegue, así como las capacidades operativas, los procedimientos especiales, los planes de respuesta, las estructuras de mando, los protocolos de intervención, los recursos tecnológicos y los mecanismos de inteligencia.
Además, incluye:
- La coordinación interinstitucional
- Las bitácoras de acuerdos
- Las presentaciones sobre diversas estrategias de acción policial
- Las gestiones de control
- Los protocolos de evaluación de confiabilidad y sus resultados
- Los planes de protección a funcionarios
- Las partidas, rubros de gastos y presupuestos
- Totalidad de las actuaciones y expedientes administrativos
- Estudios previos
- Requerimientos técnicos
- Ofertas
- Adjudicaciones
- Financiamientos
- Contratos
Asimismo, abarca fases de ejecución de los procedimientos de contratación pública que se promuevan o ejecuten para el uso o en beneficio de los fines del Consejo, la DIS y la “Fuerza Élite”, así como las sesiones, reuniones, grabaciones, planes y acuerdos concretos generados en su seno.
En esa misma línea, el decreto declara secreto de Estado cualquier acción u operación relacionada con la seguridad y defensa nacionales que ordene o coordine la Presidencia de la República con el respectivo ministro del ramo o cualquier otro actor involucrado.
La declaratoria de secreto de Estado y la restricción absoluta de acceso regirán con independencia de que las contrataciones se realicen con instituciones del Estado, entes públicos no estatales, consorcios o entidades privadas, nacionales o extranjeras. El decreto establece, además, la prohibición de divulgar esta información.
Cualquier persona vinculada a los temas declarados secretos de Estado está obligada a guardar absoluta confidencialidad y privacidad de los asuntos que ahí se discutan o que de forma directa o indirecta puedan percibir y conocer con ocasión de su participación.
Según el decreto, a quien incumpla lo dispuesto se le aplicarán los procedimientos y las sanciones correspondientes al quebrantamiento del secreto de Estado, así como la finalización de la relación contractual de pleno derecho y sin responsabilidad para la Administración Pública.
Se declaró también como secreto de Estado la articulación institucional derivada del Decreto Ejecutivo 39449-MPSP, Reglamento sobre la Protección de los Jerarcas del Poder Ejecutivo y Dignatarios.
La Fuerza Élite está conformada por Fernández y otros altos jerarcas del Estado, como los ministros de Seguridad y Justicia, que se reúnen cada lunes.
Según el texto de la norma, la declaratoria responde al riesgo que representan estructuras criminales ligadas al narcotráfico, el sicariato y el lavado de dinero.
El gobierno argumentó que divulgar estos datos revelaría vulnerabilidades institucionales y pondría en peligro la vida de funcionarios y sus familias.
Preocupación y posible inconstitucionalidad
La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) expresó su preocupación por la decisión de Fernández ya que podría obstaculizar la labor periodística y restringir el acceso a información de interés público.
La Nación consultó a cinco abogados sobre esa norma. Marvin Carvajal, Manrique Jiménez, Rubén Hernández y David Delgado coincidieron en que el decreto de Fernandez es abiertamente contrario a la Constitución Política.
El jurista Fabián Volio defendió la constitucionalidad de la norma emitida por el Ejecutivo.