La circular del MEP: ¿Queremos expulsar del aula la discusión política?
Nadie debería aceptar que una persona docente utilice su cargo, el aula o los recursos públicos para hacer campaña por un partido o una candidatura. Tampoco debería aceptarse que se presione al estudiantado para participar en actividades electorales, que se condicionen evaluaciones a determinadas opiniones, o bien que la autoridad pedagógica se convierta en instrumento de propaganda. La neutralidad político-electoral del Estado es una garantía democrática.
Pero sí nace un problema cuando esa obligación legítima se extiende hacia categorías mucho más amplias e imprecisas. La reciente circular del Ministerio de Educación Pública no se limita a prohibir el proselitismo. También habla de “captación ideológica”, “adoctrinamiento ideológico”, “posiciones sectarias”, “posiciones ideológicas particulares” y de la prohibición de “descalificar” a figuras públicas. Ese desplazamiento conceptual merece un debate serio, lo que es propio de un país democrático.
No es equivalente impedir que un docente pida el voto por una candidatura que restringirle el análisis crítico del discurso de una figura pública. No es lo mismo presionar a estudiantes para asistir a un mitin que estudiar una protesta social, debatir una petición ciudadana o examinar las ideas de un movimiento político. Tampoco es lo mismo imponer una opinión que enseñar a evaluar argumentos, contrastar fuentes y reconocer relaciones de poder.
La propia circular, de hecho, incurre en una contradicción: exige deliberación, argumentación razonada, contraste de ideas y formación de criterio propio, pero rodea el análisis político de conceptos vagos que pueden inhibir exactamente esas prácticas. ¿Quién decidirá qué constituye adoctrinamiento? ¿Una dirección escolar, un supervisor, una familia inconforme o una autoridad política? ¿Será considerado adoctrinamiento explicar que una práctica es discriminatoria? ¿Será descalificación analizar críticamente una decisión presidencial?
El problema de las normas ambiguas no reside únicamente en las sanciones que eventualmente produzcan. También está en su capacidad para provocar autocensura. Una persona docente puede decidir no abordar un asunto de actualidad, no analizar una declaración pública o no permitir una discusión incómoda, aunque sea pedagógicamente pertinente, por temor a que alguien la interprete como una infracción. Me pregunto: ¿es eso lo que se busca? Las normas no necesitan prohibirlo todo para silenciar: basta con que nadie sepa con claridad qué puede terminar en una denuncia.
Esto afecta directamente el pensamiento crítico. No se aprende en el vacío ni mediante definiciones memorizadas. El aprendizaje se forma al contrastar discursos, evaluar evidencias, reconocer intereses, identificar prejuicios, discutir conflictos y examinar las decisiones del poder. Una criticidad permitida únicamente mientras no incomode, no cuestione y no conduzca a ninguna conclusión política es apenas una simulación (muy pobre) del pensamiento crítico.
La neutralidad institucional tampoco debe confundirse con ausencia de criterio docente. La obligación no consiste en fingir que todas las posiciones tienen el mismo peso, sino en no imponer una opinión, no manipular al estudiantado y no evaluar adhesiones ideológicas. Formar criterio propio no significa abstenerse de juzgar, sino aprender a juzgar con razones.
Además, la palabra “ideología” rara vez se aplica de manera neutral. Lo dominante suele presentarse como sentido común; lo crítico, minoritario o incómodo queda marcado como ideológico. Bajo categorías tan abiertas, podrían quedar especialmente expuestos temas como igualdad de género, discriminación, ambiente, diversidad, migración o derechos laborales. Una norma aparentemente general puede producir silencios muy selectivos.
También preocupa la concepción del estudiantado que subyace en la circular. Niños, niñas y adolescentes aparecen principalmente como personas vulnerables a la influencia adulta y necesitadas de protección frente a la política. Esa protección es indispensable cuando existe coacción, manipulación o abuso de autoridad. Pero resulta paternalista cuando los reduce a recipientes pasivos.
Aunque no ejerzan todavía la ciudadanía electoral plena, son sujetos de derechos, integrantes de la comunidad política y personas capaces de formar opiniones sobre asuntos que ya atraviesan sus vidas. Experimentan desigualdad, discriminación, violencia, deterioro ambiental, problemas de infraestructura y decisiones institucionales. La política no empieza a los 18 años. Lo que empieza entonces es el derecho al voto.
Proteger al estudiantado del adoctrinamiento no puede significar protegerlo de la política. La función educativa no consiste en expulsar del aula los conflictos públicos, sino en ofrecer herramientas para comprenderlos sin manipulación, discutirlos sin miedo y valorar sus implicaciones desde los derechos humanos.
La escuela pública debe ser neutral entre partidos y candidaturas, pero no puede ser neutral entre democracia y autoritarismo, igualdad y discriminación, dignidad y violencia, evidencia y desinformación. El pluralismo no exige presentar todas las posiciones como igualmente válidas ni renunciar a los principios constitucionales que orientan la educación pública.
Existe, además, un problema básico de legalidad: una circular con posibles consecuencias disciplinarias no debería apoyarse en conceptos que el personal no puede prever con claridad. Las prohibiciones deben concentrarse en conductas concretas: propaganda electoral, coacción, uso partidario de recursos públicos, manipulación de evaluaciones y abuso de autoridad. “Adoctrinamiento” y “captación ideológica” requieren una delimitación precisa para no convertirse en etiquetas contra aquello que incomoda.
La democracia necesita docentes que no hagan campaña en el aula. Pero también necesita aulas donde se pueda preguntar, disentir, argumentar y cuestionar el poder. La educación pública no debe decirle al estudiantado por quién votar. Sí debe prepararlo para comprender qué está en juego cuando algún día lo haga.
josedaniel.rodriguez@ucr.ac.cr
José Daniel Rodríguez Arrieta es politólogo, M. Sc. en Estudios Avanzados en Derechos Humanos y profesor de la Universidad de Costa Rica (UCR).