Tras críticas, alcalde Diego Miranda pedirá frenar reglamento que impondría restricciones a espectáculos nocturnos en San José
Luego de las críticas recibidas, el alcalde de San José, Diego Miranda Méndez, anunció la noche de este jueves que solicitará al Concejo Municipal retrotraer el acuerdo que aprobó el nuevo reglamento sobre espectáculos públicos, el cual imponía restricciones para la realización de estas actividades.
“Le voy a pedir el día de mañana viernes a los regidores del Concejo Municipal derogar la medida que se tomó el martes anterior, de manera temporal, para poder abrir un espacio o varios espacios para escuchar a las personas”, dijo Miranda en una publicación en sus redes sociales.
El Proyecto de Reglamento de Espectáculos Públicos de la Municipalidad de San José fue votado afirmativamente por el Concejo Municipal este martes por una mayoría de siete regidores (incluidos los del partido de Miranda) contra cuatro.
El reglamento debía someterse a consulta pública y a una segunda votación para adquirir firmeza.
Como parte del proceso de diálogo recién anunciado por Miranda, se habilitó el correo lmirandam@msj.go.cr para que la ciudadanía envíe consultas y comentarios.
Además, anunció que el próximo lunes 13 de julio se realizarán dos reuniones en el auditorio de la Municipalidad de San José, ubicado en el quinto piso del edificio municipal.
La primera será a las 3 p. m. con representantes del sector cultural, mientras que la segunda está programada para las 4:30 p. m. con personas vinculadas al sector de patentes.
Defensa previa
La nueva normativa de la Municipalidad de San José pretendía impedir a bares, cantinas y restaurantes tener música en vivo, disc-jockeys (DJ), “actividades culturales o artísticas” o bailar después de las 10 p. m.
Tras aprobar en una primera votación ese reglamento, bares, comercios y ciudadanos han cuestionado duramente la reglamentación. La Asociación de Bares y Restaurantes (Asobarest) y la Cámara Costarricenses de Restaurantes (Cacore) se posicionaron en contra.
En horas de la tarde, Miranda publicó un video en donde señaló que hay personas que han querido “tergiversar el objetivo de la Municipalidad” al impulsar dicho reglamento.
“Este reglamento es necesario para nuestros barrios, y la Municipalidad va a abrir los canales de comunicación para que las personas interesadas puedan expresarse, con el fin de tomar esos comentarios y mejorar el reglamento”, declaró Miranda.
Respecto al límite en el horario de las 10 p. m., uno de los múltiples puntos criticados por los diversos sectores implicados, el gobernante dijo estar abierto a revisarlo dependiendo de cada zona de la capital, siempre que se preserve el orden en áreas residenciales.
El gobernante local argumentó que el documento se encuentra apenas en periodo de consulta pública, y todavía puede ser sometido a cambios.
“El objetivo de la Municipalidad es que en zonas residenciales no haya una desnaturalización de las licencias que no deberían operar, porque hay vecinos, adultos mayores, niños y gente que necesita dormir. (Hay) gente inescrupulosa que utiliza licencias comerciales para maquillar actividades que no tienen permitido, como discotecas u otras que alteran el orden social”, argumentó Miranda.
¿Qué dice el proyecto de reglamento?
El artículo 14 del proyecto enumera las siguientes modalidades de espectáculo público permitidas en locales comerciales:
- En bares, tabernas o cantinas: DJ de karaoke, DJ o Disc-jockey. animación, música en vivo, sin actividad de baile salvo que la patente comercial o licencia correspondiente expresamente lo autorice.
- En salones de baile, discotecas o clubes nocturnos: DJ de karaoke, animación, música en vivo, DJ o Disc-jockey, artista nacional e internacional.
- En restaurantes: Se permitirá DJ o Disc-jockey, DJ de karaoke, música en vivo, actividades culturales o artísticas compatibles con el giro principal autorizado, siempre que no impliquen actividad bailable, consumo mínimo, cover, reservación obligatoria, cobro de admisión o modalidades propias de salones de baile, clubes nocturnos o discotecas.
- Otros: De acuerdo con la actividad económica autorizada en su licencia comercial, se analizará el otorgamiento de la licencia basado en criterios de oportunidad, conveniencia, racionalidad, proporcionalidad, razonabilidad, interés público, interés superior del menor, y el cumplimiento de requisitos ante la administración.
Allí mismo se recuerda que “los establecimientos deberán cumplir en todo momento con el Decreto Ejecutivo No 44.486 del diecisiete de enero del 2024 Reglamento para el control del ruido ambiental y normativa".
Es en el artículo 17 que se restringen los horarios. Las licencias categoría A, C, D y E no pueden albergar actividades de este tipo después de las 10 p. m. Es decir, que bares, tabernas, cantinas y restaurantes no podrán tener actividades que impliquen música en vivo, DJ o “actividades culturales o artísticas” posteriores a esa hora. Asimismo, impide actividad de baile incluso antes de esa hora.
De acuerdo con el artículo 85, el incumplimiento de dicha norma implicaría sanción: “La clausura podrá realizarse tanto por los funcionarios municipales competentes, y autoridades nacionales bajo su competencia, por el término de 24 horas”.