Bono de S/1.130 para veteranos de las Fuerzas Armadas: ¿desde cuándo se puede cobrar? entérate AQUÍ y revisa el CRONOGRAMA según edad
A un mes de la oficialización de la Ley N.° 32577, el Poder Ejecutivo dispuso la entrega de una bonificación económica de S/1.130 dirigida a cerca de 9.000 licenciados veteranos. El beneficio está destinado a quienes prestaron servicio militar entre 1980 y 2000 y fueron reconocidos bajo la Ley 30826 del Veterano de Guerra y de la Pacificación Nacional.
Según la norma publicada el 14 de abril en el diario oficial El Peruano, el bono tendrá carácter mensual y vitalicio, pero no es remunerativo ni pensionable ni forma parte de beneficios laborales. Su entrega será progresiva y dependerá de la edad o condición de cada beneficiario, tras cumplir el proceso de validación establecido por las instituciones correspondientes.
Requisitos para el bono de S/1.130 para veteranos de las FF. AA.
Para acceder al bono, los licenciados deben haber realizado el servicio militar obligatorio entre 1980 y 2000 y estar reconocidos por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas hasta el 31 de diciembre de 2024, conforme a lo establecido en la Ley 30826.
Además, la norma precisa condiciones específicas según cada institución militar. En el Ejército del Perú, deben haber culminado el servicio como recluta, soldado, cabo, sargento segundo o sargento primero. En la Marina de Guerra del Perú, como grumete, marinero o cabo en sus diferentes rangos. En la Fuerza Aérea del Perú, como aviador, cabo, sargento primero o sargento segundo.
También se exige haber servido en zonas de emergencia y haber participado en acciones de pacificación validadas por la institución armada correspondiente. Asimismo, el tiempo de servicio debe haber sido de 12 a 24 meses consecutivos, cumpliendo así el periodo mínimo requerido por la norma.
Finalmente, los solicitantes no deben contar con antecedentes policiales, penales o judiciales ni figurar como deudores alimentarios. Estas condiciones son obligatorias para acceder al beneficio económico.
¿Cómo acceder al bono de las FF. AA.? Conoce el trámite, los plazos y el registro
El proceso para acceder a la bonificación inicia con la solicitud ante el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, entidad donde los licenciados deben presentar su pedido una vez que la ley entre en vigor. Este procedimiento estará habilitado hasta el 31 de julio de 2027.
Tras la evaluación y aprobación, el expediente pasa al Ministerio de Defensa (Mindef), que es el encargado de registrar al beneficiario en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP).
Este registro debe realizarse en un plazo no mayor de 90 días calendario, lo que permite que el beneficiario quede incorporado oficialmente al sistema estatal que gestiona los pagos del bono.
Bono de S/1.130: cronograma de pago según edad
El pago del bono de S/1.130 se realizará de forma mensual y vitalicia una vez aprobada la solicitud y completado el registro en el sistema estatal. Sin embargo, su implementación será progresiva y estará organizada por grupos de edad.
Primer año
- Beneficiarios mayores de 60 años
- Personas con discapacidad permanente
Segundo año
- Beneficiarios de 55 a 59 años
Tercer año
- Beneficiarios de 50 a 54 años
Cuarto año
- Beneficiarios de 45 a 49 años
Quinto año
- Beneficiarios de 40 a 44 años
Cierre del proceso
- La incorporación continuará de forma gradual hasta incluir a todos los beneficiarios seleccionados dentro del sistema de pago.