Los insultos racistas a Nico Williams en el Cívitas Metropolitano quedan en nada. El Comité de Apelación estima el recurso del Atlético de Madrid y anula la clausura parcial de su estadio y la multa de 20.000 euros porque “el Club actuó con la mayor de las diligencias posibles”.
La resolución de Apelación hace referencia al artículo 15 del Código Disciplinario, que regula el régimen de responsabilidad disciplinaria de los clubes deportivos para el supuesto en el que, con ocasión de un partido, “se profieran cánticos o insultos violentos, racistas, xenófobos o intolerantes”, estableciendo el Código Disciplinario que el Club organizador “incurrirá en responsabilidad (...) salvo que acredite el cumplimiento diligente de sus obligaciones y la adopción de las medidas de prevención exigidas por la legislación deportiva para evitar tales hechos o mitigar su gravedad”.
“Este Comité considera que el Club [el Atlético de Madrid] ha desplegado, tanto desde el punto de vista de la prevención como de la reacción, medidas que acreditan un comportamiento de la máxima diligencia posible, sin que quepa apreciar la existencia de otras medidas que pudieran haber sido adoptadas para evitar tales hechos (medidas preventivas) o mitigar su gravedad (medidas reactivas)”, establece el organismo.