El Ejecutivo presentó en el Congreso el borrador de la ley ómnibus, el cual incluye cómo se calcularían los incrementos de los haberes.
El Gobierno presentó este jueves el borrador de la Ley Ómnibus en el Congreso. Dentro del paquete de medidas, se incluye la nueva fórmula de movilidad que, de aprobarse, determinaría los aumentos para jubilados, pensionados y otras prestaciones sociales atadas al mismo esquema.
Según detalla el escrito, la nueva reglamentación propone una actualización de los haberes de los adultos mayores por medio del Índice de Precios al Consumidor (IPC), que da a conocer el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) a mediados de cada mes.
Sin embargo, en abril 2024 los jubilados y pensionados recibirán un porcentaje adicional de incremento para saldar lo perdido frente a la inflación en los últimos meses. ¿Cuánto cobrarán?
En el nuevo borrador del proyecto de ley "Bases", el Ejecutivo planteó que la fórmula de movilidad será "mt = Var. mensual IPC t-2" y que los haberes se actualizarán de forma mensual, a partir del 1° de abril.
No obstante, como el índice de inflación se conoce a mediados de mes y no antes de la acreditación, se tomará como dato el número de dos meses atrás. Es decir, en marzo se aumentaría con el porcentaje anunciado en enero y así sucesivamente.
Por otra parte, la Casa Rosada propuso que en abril se incorpore un aumento adicional a la fórmula de movilidad de un 10%.
De esta manera, el aumento del cuarto mes del año sería 23,2%.
Al momento, continúa vigente la ley de movilidad jubilatoria aprobada en 2020, durante el gobierno de Alberto Fernández.
La misma determina la suba de haberes, al calcular la suma del 50% del aumento trimestral de la recaudación de ANSES por beneficiario y el 50% de la variación de los salarios.
Para el último ítem, se toma en cuenta el mayor valor registrado en la Remuneración Imponible para el Trabajador Estable (Ripte) y el índice general de salarios del Indec.