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¿Una nueva decepción para las víctimas del franquismo?

¿Una nueva decepción para las víctimas del franquismo?

Transcurridos catorce años desde que el Gobierno de Rodríguez Zapatero promoviera la denominada Ley de Memoria, Pedro Sánchez ha decidido presentar un nuevo proyecto de ley. Atrás quedan los múltiples intentos del republicanismo catalán, todos frustrados a raíz de la acción combinada entre PSOE y PP sumando votos en el Congreso de los Diputados, de conseguir una ley que fuese tributaria de una sociedad democrática avanzada y, en consecuencia, homologable a las de otras que, como la nuestra, sufrieron dictaduras responsables de crímenes de lesa humanidad.

Desde el 'no' de Esquerra Republicana a aquella ignominiosa ley de 2007, miles de personas han fallecido sin haber sido reparadas como víctimas, lo cual no solamente ha generado una profunda tristeza en el movimiento memorialista sino que convirtió en incomprensibles e indignantes los argumentos repetidos por el PSOE que atribuían al texto legislativo promovido por Rodríguez Zapatero una categoría de excelencia cada vez que en el parlamento español justificaban el voto contrario a las posteriores propuestas de reforma. Efectivamente, el Partido Socialista, parapetado en la Ley de la Memoria, siempre se negó a apoyar las demandas de Esquerra Republicana de reformar la ley a caballo de las palabras del mismo presidente del Gobierno de aquel momento –"Todo lo que esté en el olvido, en el olvido más profundo de la memoria colectiva española, será un buen dato"– y de las acusaciones de los portavoces socialistas verbalizadas en la tribuna dirigidas a los republicanos a través de las cuales se nos acusaba de vivir instalados en la revancha y en posiciones reaccionarias de carácter nacionalista. Cabe decir que los cojinetes de este relato socialista habían sido engrasados por los nacionalistas vascos y catalanes, IU e ICV, avaladores de la Ley de la Memoria.

El año 2021, tarde, escandalosamente tarde, el Partido Socialista se ha dado de bruces con una realidad que, a manera de herida abierta, no han podido esconder más a raíz del empeño por parte del republicanismo catalán de impedir que se pudiera afirmar que todas las fuerzas antifranquistas con representación parlamentaria habían avalado la ley. Y gracias, especialmente también, a una buena parte del movimiento memorialista que nunca aceptó que las subvenciones y la voluntad de control gubernamental lo enmudecieran.

Genera, no obstante, un gran desasosiego que, atendiendo a estos precedentes, el actual proyecto de ley presentado por el Gobierno no apueste por otorgar una tutela judicial efectiva a las víctimas y continúe driblando los principios de Verdad, Justicia y Reparación. Es decir, condenando a las personas y las instituciones perseguidas a un doble victimario: el provocado por la dictadura y el mantenido a raíz de su invisibilidad y no reconocimiento pleno. A destacar cómo se continúa tratando la recuperación de las personas desaparecidas como si se tratase de una excavación estrictamente arqueológica sin el requerimiento de apertura de un procedimiento judicial para conocer no solo la identidad de los restos, sino también la causa y sus responsables.

El mismo Partido Socialista que en Catalunya votó favorablemente la ley de reparación jurídica de las víctimas del franquismo aprobada por el Parlament de Catalunya en 2017, en la cual se declaraba la ilegalidad de los tribunales y en consecuencia la declaración judicial de la nulidad de pleno derecho de las sentencias emitidas, ha presentado ahora un texto que blinda la legalidad de los tribunales al declararlos solamente ilegítimos, como en 2007. De lo cual se desprende que la declaración de nulidad subsiguiente, que podrá ser solicitada, será entregada por el Gobierno, pero nunca será asumida por el tribunal sentenciador ni será susceptible de generar otros efectos. ¡Se admite, pues, la legalidad de los tribunales franquistas!

De igual forma que se obvia cualquier modificación de la preconstitucional Ley de Amnistía de 1977 para dejarla sin efecto tal y como en el año 2014 reclamó en su informe el relator especial de Naciones Unidas Pablo de Gueiff. Por la cual se convierte en un espejismo la creación de un fiscal de sala de derechos humanos y memoria democrática en la medida en que, durante decenios, el Estado la ha utilizado para impedir que las víctimas pudieran llevar a los verdugos a los tribunales. Una Ley de Amnistía que, a pesar de que la Constitución Española reconoce que las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades deben ser interpretadas de conformidad con la Declaración Universal de los Derechos Humanos, es aceptada como ley de punto final. Lo prueba el hecho de que mientras desde el sistema judicial se abrieron procesos destinados a perseguir y llevar delante de tribunales españoles a dictadores de repúblicas suramericanas al amparo de la Constitución Española, las víctimas de los verdugos franquistas han tenido que recurrir a tribunales de otros países, lo que ha evidenciado cómo el Estado español se niega a equipararse al resto de democracias que también tuvieron el infortunio de sufrir regímenes dictatoriales.

Estamos delante de un texto legislativo que pretende, nuevamente, hacer creer a la ciudadanía que se trata de una reparación definitiva de las víctimas, lo cual, vistos los precedentes, adquiere una connotación perversa. De ejemplos, los que queramos. Pero tal vez hay uno que lo ilustra de manera fehaciente. La ley de 2007 consagró dos categorías de víctimas por razón de cronología. Se reconocía a las personas muertas "en defensa de la democracia" entre el 1 de enero de 1968 y el 6 de octubre de 1977 el derecho a una indemnización de 135.000 euros, cifra que no tenía nada que ver con aquellas otras previstas para las víctimas anteriores. Más allá del hecho crematístico en sí, nunca una aparente arbitrariedad había estado más difícil de metabolizar para las víctimas. ¿A qué respondía que por la "defensa y reivindicación de las libertades y derechos democráticos" los abogados laboralistas asesinados en Atocha en 1975 fueran merecedores de un reconocimiento al cual no podían acogerse otras víctimas, de entre las cuales Julián Grimau, ejecutado en 1963? ¿O es que el dirigente comunista madrileño no fue también un heroico combatiente de la libertad y de la democracia? Detrás de todo esto se encontraba un doble interés que el proyecto de ley mantiene con tal de consolidar una doble categoría de víctimas a fin de ocultar el ADN del régimen franquista, aliado de la Alemania nazi, y en consecuencia condenado por Naciones Unidas, creando un relato que, por cronología, lo alejase de su esencia de régimen político perpetrador de delitos de lesa humanidad, es decir, pretender dar entrada a los argumentos de irretroactividad y de la prescripción utilizados a lo largo de estos años por parte de la administración española para evitar la comparecencia de los responsables de la dictadura delante de los tribunales. En definitiva, confeccionar un nuevo parámetro en la aplicación del derecho penal internacional y sobre las categorías y conceptos relativos a crímenes contra la paz, crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad, todos ellos originados por el Tribunal Penal de Nuremberg y consagrados como imprescriptibles por Naciones Unidas. Voluntad, también, de ignorar las resoluciones de su Asamblea General sobre la cuestión española en las que se hacía explícito que en origen, estructura y conducta el régimen de Franco era de carácter fascista y establecido gracias a la ayuda de Mussolini y Hitler. La Ley de la Memoria olvidó, y con el actual proyecto de ley se vuelve a hacer, que ningún parlamento puede legislar en contra del derecho internacional de Naciones Unidas. De aquí la perversidad de establecer 1968 (año en que ETA ejecutó al torturador Melitón Manzanas) como fecha bisagra a partir de la cual reconocer a los luchadores para la democracia. De igual manera que continúa negándose a reconocer a víctimas antifranquistas como Salvador Puig Antich y tantos otros cualquier tipo de reparación tal como mandata el Real Decreto-Ley 1803/2008 de 3 de noviembre.

Se afirma en el proyecto de ley que de su aprobación no se derivará ningún efecto para con el reconocimiento de responsabilidades patrimoniales por parte del Estado ni dará lugar a ningún tipo de reparación o indemnización económica, aunque sí se hace referencia a la conveniencia de proceder a realizar una auditoría de los bienes espoliados. Conviene, pues, recordar a título de ejemplo cómo el mismo Partido Socialista en el Gobierno aprobó un Real Decreto-Ley el año 2005 que posteriormente fue presentado en el Congreso por parte del entonces ministro Jesús Caldera por el cual el sindicato UGT recibió 149 millones de euros en concepto de restitución de bienes incautados. ¿Por qué razón lo que recibió esta central sindical durante el Gobierno de Rodríguez Zapatero no lo deben recibir las personas físicas o jurídicas (como por ejemplo el largo listado de bienes inmuebles pertenecientes a ERC) que también fueron espoliadas en sus bienes?

En las líneas anteriores se hace referencia solamente a algunos de los déficits, hoy en día inasumibles por parte del republicanismo catalán si el Gobierno no está dispuesto a modificar mucho el posicionamiento durante el trámite parlamentario. Desgraciadamente hay más, lo que no nos ha sorprendido atendiendo al hecho de que nunca ha existido por parte del PSOE la voluntad de culminar aquello que una sociedad democrática avanzada debería perseguir respecto a metabolizar el pasado en clave de Verdad, de Justicia y de Reparación.

O sea, enterrar de una vez por todas, en definitiva, el modelo español de impunidad impuesto desde la muerte del dictador.

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