Por aclarar las cosas: no existe un derecho a la diversión. Ni a fumar en público. Decimos que tenemos derecho a fumar o a divertirnos como enunciados coloquiales de una libertad individual que sí está juridificada, aunque sólo rige hasta donde colisiona con la de los demás. Existen derechos reconocidos y reglados a la propiedad, a la educación, al honor, a la cultura, al voto, al trabajo, a la participación política, a la vivienda, a la salud, a la libre expresión y circulación, y aun así pueden ser suspendidos o limitados por razones excepcionales de fuerza mayor y con refrendo de una mayoría parlamentaria, como sucedió durante el estado de alarma. Pero las copas, el botellón, el baile o el...
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