Reggaeton Beach Festival: la OCU considera que los organizadores deben indemnizar a los afectados
"La denegación de la licencia por parte del Ayuntamiento de Madrid es por causas justificadas: la organización no ha presentado un plan de movilidad que garantice la seguridad de los asistentes", explican desde la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU). Por tanto, la cancelación no se puede calificar como una situación de fuerza mayor, ya que existen causas que justifican la denegación, como es la falta de presentación de un plan de movilidad. En esta línea, la responsabilidad de esta cancelación recae sobre el organizador.
Por ello, la OCU considera que es responsabilidad del organizador de este festival ofrecer a los afectados la devolución del precio pagado o bien que se fije una fecha alternativa para la celebración del concierto. "El consumidor podrá elegir libremente entre ambas opciones", explica la organización. Además, el organizador también deberá hacer frente a los gastos y daños asociados de aquellos afectados que hubieran adelantado el pago del transporte o el alojamiento, entre otros.
Asimismo, la OCU recomienda a los afectados que guarden las facturas no solo del festival, sino también de los gastos asociados al mismo para reclamar por escrito a la organización en primera instancia. En el caso de que la reclamación se pase por alto, aquellos que se han quedado sin ir al festival "deberán recurrir a la vía judicial para exigir una indemnización".
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