La Junta Electoral Central (JEC) da la razón a este diario frente a la denuncia interpuesta por el PSOE el pasado jueves sobre las encuestas electorales publicadas los días 11 y 12 de junio tanto en la web como en la edición de papel al «no haberse producido la infracción denunciada» o «haberse producido su inmediata subsanación». Una medida que adquirió especial relevancia al tratarse del principal partido que sustenta el Gobierno. La JEC archiva así la insólita reclamación planteada por los socialistas contra los institutos de opinión SIGMA2, GAD3 y SOCIOMÉTRICA, y los medios que difunden sus sondeos -ABC, El Mundo y El Español- por un supuesto incumplimiento de los requisitos legales exigidos por el artículo 69.1 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) para la confección y publicación de estos: denominación y domicilio de la entidad que realizó la encuesta, así como de la que haya encargado su realización; texto íntegro de las cuestiones planteadas y número de personas que no han contestado a cada una de ellas. Esto último es algo que, por cierto, no hace el Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS) de José Félix Tezanos. Entre las reclamaciones del PSOE a los medios y las empresas estaba también la exigencia de que se difundan las «características técnicas del sondeo, que incluyan necesariamente los siguientes extremos: sistema de muestreo, tamaño de la muestra, margen de error de la misma, nivel de representatividad, procedimiento de selección de los encuestados y fecha de realización del trabajo de campo». En el caso de este diario, la propia portada del periódico ya indicaba que se trataba de la encuestra de GAD3 para ABC, «por lo que era explícita tanto la denominación del organismo que realizío el sondeo como de quien encargó su realización», argumentó ABC en su escrito de alegaciones; y respecto a su domicilio social de ambas entidades, continuó, considera que es «público y notorio»: la del diario porque consta en el propio medio; la de GAD3 porque basta realizar una sencilla consulta en internet para encontrarlo«. En consecuencia, establece la JEC, «aunque se omitió ese dato, su conocimiento era fácil de subsanar» . En lo referido al texto de las preguntas y el número de personas que no han contestado, al igual que defendió ABC hace una semana y reitera la Junta Electoral, «se infieren ambos datos de manera de manera clara de la publicación realizada». Por último, respecto al número de personas que no han contestado a ellas, la JEC concluye que «el dato se incluyó como porcentaje en lugar de hacerlo de forma númerica en el apartado 'no sabe-no contesta' (NS-NC)». «Por tanto», consideran, «no cabe considerar que se ha infringido el artículo 69 de la LOREG» .