La política lingüística del Gobierno vasco recibe un nuevo varapalo de la justicia. En los últimos dos años son varias las decisiones judiciales que han anulado oposiciones u matizado los requisitos de acceso por entender que exigir a todos los candidatos un nivel determinado de euskera no se ajusta a la legalidad. Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) pone ahora en cuestión la posibilidad de exigir un mínimo de horas lectivas en euskera y en castellano a los centros educativos que se rigen por sistemas internacionales. La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha dado la razón al Colegio Americano de Bilbao y ha anulado la orden que establecía esos mínimos por entender que el Departamento de Educación no ha cumplido «adecuadamente» con el proceso de consulta pública que requiere una normativa de ese tipo. La sentencia se refiere a la orden que publicó la Consejería de Educación el 24 de marzo de 2022. En ella se establecía que los centros internacionales; es decir, colegios como el inglés, el alemán, o el Liceo francés, debían incluir en sus currículos un mínimo de 1.050 horas anuales de euskera , otras 1.050 de lengua castellana y 735 más de Geografía e Historia. La normativa también afectaba al Colegio Americano de Bilbao, que ha sido el que ha conseguido tumbar la regulación. Recurrió a los tribunales que el Departamento de Educación no había cumplido con los trámites de consulta previa y que, por lo tanto, los afectados no habían tenido oportunidad de pronunciarse acerca de la regulación. Entendían en el centro educativo que este hecho vulneraba su derecho a la participación ciudadana , recogido en el artículo 105 de la Constitución. Noticia Relacionada estandar No Choque entre el PSE y el PNV a cuenta del euskera en el Ayuntamiento de Baracaldo Miriam Villamediana Los socialistas optan por ausentarse de la votación para no pronunciarse sobre una sentencia crítica con el euskera El Gobierno vasco alegó ante la justicia que entendía que ese trámite sí se había cumplido porque se informó del contenido de la normativa al Consejo Escolar de Euskadi. Desde Educación insistieron además, que esta había sido siempre la «vía principal» para estas cuestiones, y que en ese órgano están representados los cinco centros internacionales que hay en el País Vasco. Sin embargo, para el Colegio Americano esa fórmula era del todo insuficiente, ya que solo 2 de los 45 miembros de esa institución tenían relación con estos centros extranjeros. En su recurso añadían, además, que la Consejería se había «excedido» en sus competencias ya que su cometido debería ser el de «complementar» la enseñanza del sistema educativo de otro país; sin embargo, en la orden se exigía incluir en el currículo el mismo número de horas lectivas para la lengua vasca y la lengua castellana que la que se exige en los centros de Primaria y Secundaria que se rigen por el sistema vasco. Todo ello obligaba a los centros bien a una remodelación completa de sus programas, o bien a alargar los horarios lectivos. En el texto calificaban la decisión de «arbitraria» dada la ausencia de informe pedagógicos que justificaran ese número de horas, y no otro diferente. Desde el Gobierno vasco alegaron ante el tribunal que no había habido ningún tipo de «extralimitación competencial». Aseguran que la orden es consecuencia de la normativa básica estatal que regula los tiempos lectivos en las comunidades autónomas que cuentan con una lengua cooficial. Además, recuerdan que la legislación autonómica otorga al Ejecutivo autonómico el mandato de «garantizar un conocimiento básico» de las dos lenguas cooficiales. Destacaban, además, que la orden ahora anulada, mejoraba las horas lectivas que se establecieron en una norma anterior de 2012. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, que en su decisión no entra a valorar el contenido de la normativa , ha decidido dar la razón al Colegio Americano y anular la noma por un defecto de forma. Entiende que, tal como argumenta el centro educativo, la consejería «contravino» la obligatoriedad de someter a consulta pública la legislación. Insiste en que proceder adecuadamente con este trámite «entronca directamente con el derecho de participación de la ciudadanía». Por todo ello declara nula la regulación, sin entrar a valorar el resto de motivos alegados por el colegio. Tras la resolución judicial, la Consejería de Educación ya está trabajando en una nueva orden . Será muy similar a la que aprobó en marzo, pero en esta ocasión cumplirá con el proceso de consulta previa en los términos que la han requerido los jueces y garantizando que los centros internacionales puedan presentar alegaciones. Hasta entonces, seguirá aplicándose la normativa de 2012 que establece 2.380 horas globales sumando el tiempo lectivo dedicado a sendos idiomas cooficiales.