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Constitucional, delito de abuso de autoridad: Corte

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró constitucional el artículo 293 del Código de Justicia Militar, que establece el delito de abuso de autoridad.

El artículo fue impugnado por el general Marco Antonio Barrón Ávila, quien fue acusado por utilizar a 40 soldados de tropa para remodelar su casa en el estado de Querétaro.

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​Barrón Ávila aseguró que el artículo reclamado es inconstitucional al contravenir el principio de taxatividad, ya que no prevé una conducta clara, en la medida que no define qué son las prescripciones legales, ni en qué ordenamiento se encuentran previstas, aunado a que no dispone cuál es la sanción aplicable.

El artículo 293 del Código de Justicia Militar señala que “comete el delito de abuso de autoridad, el militar que trate a un inferior de un modo contrario a las prescripciones legales…”

La ministra Norma Lucía Piña Hernández presentó un proyecto de sentencia donde propuso declarar constitucional el precepto.

En su proyecto, la ministra deja claro que el legislador, por la complejidad del delito de abuso de autoridad, al constituir un tipo penal de los denominados compuestos o de formulación alternativa, decidió fragmentarlo en los artículos 293 al 300 que conforman el capítulo II “Abuso de autoridad” del título noveno “Delitos contra la jerarquía y la autoridad”.

“De manera que este delito siempre encontrará su fundamento en el artículo 293, en relación con alguno de los diversos 294 al 300 del Código de Justicia Militar, en los que además de establecerse las conductas que lo actualizan, se precisan las penas aplicables a cada una de ellas.

“Así las cosas, devienen infundados los agravios del recurrente (del general), porque de acuerdo con lo expuesto, el artículo 293 del Código de Justicia Militar guarda armonía constitucional con el derecho fundamental de exacta aplicación de la ley penal, en su vertiente de taxatividad, reconocido en el artículo 14 constitucional”, detalla el proyecto de sentencia.

Barrón Ávila reclamó la sentencia del Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Penal, el cual el pasado 4 de enero determinó no anular la pena de dos meses de prisión por el citado delito.El mando del Ejército también estuvo preso 11 meses, por otros supuestos delitos, en el Campo Militar Número Uno, en la Ciudad de México, mismo que abandonó en febrero de 2017.

Su permanencia en la prisión militar derivó porque se le responsabilizó de presuntamente transportar una camioneta robada y hacerla pasar como un vehículo oficial. Sin embargo, fue absuelto de esos dos cargos.

nerc

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