Las medidas, el peso, los objetos prohibidos… A la hora de organizar nuestro equipaje para un viaje es imprescindible conocer en detalle la normativa vigente y estar atento a posibles cambios. En este sentido, la Comisión Europea ha aprobado una nueva restricción que afecta a las maletas de mano, concretamente a la cantidad de líquido que se puede llevar.
En el último año, varios aeropuertos de la Unión Europea han instalado en sus controles de seguridad nuevos escáneres para el equipaje de mano que utilizan la tecnología Explosive Detection Systems for Cabin Baggage (EDSCB), los cuales permitían a los pasajeros llevar recipientes con más de 100 ml de líquidos. Sin embargo, ahora la Comisión Europea aplicará nuevas restricciones a esa cantidad, de modo que «el tamaño máximo permitido para los contenedores de líquidos individuales volverá a ser el estándar de 100 ml para los aeropuertos que utilicen este tipo de equipos», tal y como señala la institución en un comunicado.
La Comisión Europea explica que esta normativa entrará en vigor a partir del 1 de septiembre de 2024. Eso sí, también detalla que se trata de restricciones temporales: «Esta medida cautelar no responde a ninguna nueva amenaza, sino que aborda una cuestión técnica temporal, adoptada en consonancia con los socios internacionales de la UE».
«Los aeropuertos que ya limitan los líquidos a 100 ml o que no han desplegado equipos EDSCB no se verán afectados por este cambio», señala la institución europea. Ese primer supuesto es el que corresponde a los aeropuertos españoles. A pesar de que en los aeropuertos Adolfo Suárez Madrid-Barajas y Josep Tarradellas Barcelona-El Prat sí se invirtió en la tecnología EDSCB, «en España nunca se ha superado la cantidad de 100 ml, por lo que en este momento no se ve afectada por los cambios«, confirma Aena a 20minutos.