La presunta tala ilegal en una finca ubicada en el Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo ha sido divulgado con rigor profesional en los medios de comunicación escritos, radiofónicos y televisivos. Por tal razón, solamente haré mención de un detalle que, por inverosímil, llamó mi atención.
En el breve espacio de noventa días (entre noviembre del 2023 y febrero del 2024) la regenta forestal del Proyecto Playa Manzanillo S. A. observó siete hectáreas de pastizales con árboles en el mismo sitio donde tres meses antes había afirmado distinguir una profusa cobertura boscosa.
Para que el lector se forme una idea de tan serio contraste, le recordaré que una hectárea son 10.000 metros cuadrados. De tal modo que usted no dirá que alucino si aseguro que no se necesitan ojos de halcón para diferenciar en un espacio de 70.000 metros cuadrados entre una densa cubierta de bosque y una casi depilada superficie de pastizales con árboles.
Sin embargo, ocurrió lo indecible, y en el lapso de esos tres meses, el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac) recibió de la regenta forestal dos informes: en el de noviembre, el terreno exhibía abundancia de árboles y verdor, y en el de febrero (armada con la sierra de unas cuantas palabras escritas en el segundo informe), aniquiló los 70.000 metros cuadrados de bosque. Por poco dejó sin hábitat a monos, guatusas, armadillos y zorros, y convirtió el suelo húmedo en un modesto pastizal arbolado “en toda su extensión”.
Cuando se le consultó por la descomunal discrepancia, la regenta adujo que la primera vez hizo un trabajo “de una cierta aproximación” y la segunda, “de otra aproximación, digamos, de un trabajo más fino, como le diría uno”.
Una pregunta se agitó en mi cabeza como la desmechada copa de un árbol: ¿de qué singular modo o fineza se aproxima uno a un terreno de siete hectáreas para no distinguir entre un humedal, un bosque o un tomatal?
Es un hecho que una de las dos aproximaciones no fue un trabajo preciso, y todos los senderos e investigaciones del OIJ y la Escuela de Geografía de la Universidad de Costa Rica conducen a que el primer informe fue una aproximación correcta, lo que confirma el mapa del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (Fonafifo), donde se indica que la finca, en su totalidad, está “bajo la denominación de cobertura boscosa".
Ahora bien, lo opuesto a fino es tosco, torpe y, en resumidas cuentas, chapucero. Indulgente en exceso como suelo ser, cerré los oídos a tan groseros calificativos. Pero he aquí que la Fiscalía de Probidad, Transparencia y Anticorrupción y la Comisión Ambiental de la Asamblea Legislativa sí abrieron los ojos, hicieron una meticulosa aproximación y se toparon con un terreno que pareciera estar cubierto de raíces y vegetación podridas: presumen, con algún grado de probabilidad, que se violó la Ley Forestal y, en su lugar, fueron sembradas las semillas de seis aparentes delitos, a saber, insertar en un documento público o auténtico declaraciones falsas (falsedad ideológica), dictar resoluciones contrarias a la ley o fundadas en hechos falsos (prevaricato), intervención de un empleado público para dirigir o condicionar en cualquier forma para que se produzca un resultado lesivo para la Hacienda pública o el interés público (influencia contra la Hacienda pública), cambio de uso de territorio de bosque, apertura de trocha en terrenos con bosque y drenaje de humedal.
Tantos humores fétidos se respiran en ese terreno que la Fiscalía Adjunta Ambiental abrió un expediente judicial contra cinco personas (tres funcionarios del Sinac, la regenta forestal y el empresario Pacheco Dent).
Para usar una palabra que la regenta forestal citó en otro informe, indicaré que si en efecto existió semejante descuaje de leyes, el supuesto ilegal procedimiento fue consentido el 15 de mayo por el presidente de la República cuando justificó la supuesta tala afirmando que la riqueza natural del Caribe sur no sería solamente para “los monitos”, sino para que los costarricenses “generen prosperidad”.
Finalizaré estas líneas citando dos valores universales. El primero es que el anhelo de una nación o de una persona por alcanzar la prosperidad es una aspiración legítima y genuina; el segundo, que la prosperidad de una nación se fundamenta en el respeto a las leyes y no en el desprecio de ellas, y la de una persona en el respeto de sí misma, de su ética profesional y sus valores morales.
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Alfredo Solano López es educador jubilado.