La suspensión por seis meses de la presidenta ejecutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), Marta Esquivel Rodríguez, y de los directivos Isabel Camareno Camareno, Zeirith Rojas Cerna y Johnny Gómez Pana, complica el funcionamiento de la Junta Directiva de la institución. Se suma la renuncia en setiembre de otro de sus integrantes.
De esta forma, debido a una orden judicial, el máximo órgano de decisión de la Caja queda con solo cuatro miembros activos, de los nueve que deben conformarlo.
¿Pueden sesionar con estas condiciones? Para responder esa pregunta, conviene conocer los diferentes tipos de cuórum que establece la normativa de la institución, particularmente el integral o legal y el estructural con su excepción.
El cuórum integral o legal se obtiene cuando los nueve miembros del órgano (tres del Estado, tres del sector patronal y tres de los trabajadores) tienen su nombramiento en firme. Es necesario para que legalmente la Junta ejerza sus funciones.
El cuórum estructural se constituye con al menos cinco miembros y es necesario para votar los temas urgentes.
Con la renuncia de Jorge Porras López, uno de los representantes del Estado, cuya salida se hizo efectiva el 25 de setiembre, la Junta ya se había quedado sin el llamado cuórum integral.
No obstante, existen casos excepcionales en los que puede recurrirse a una figura llamada funcionario de hecho, en la que una persona sin ser nombrada oficialmente funge para que pueda darse la sesión con el fin de “salvaguardar los derechos a la salud y la vida de las personas”. Un ejemplo se dio este 10 de octubre, cuando se aprobó la prórroga al fideicomiso entre la CCSS y el Banco de Costa Rica.
La sesión se realizó y se tomaron decisiones a pesar de la ausencia de cuórum integral.
Con la suspensión de la presidenta ejecutiva y los otros tres directivos, quedan solo cuatro con las facultades para formar parte de la Directiva: Martha Rodríguez González, representante sindical; Martín Robles Robles, delegado del sector cooperativista; Vianey Hernández Li, del solidarismo y Juan Manuel Delgado Martén, del bloque patronal.
Esto provoca la pérdida ya no solo del cuórum legal sino también del cuórum estructural. No obstante, el artículo 19 del Reglamento de la Junta Directiva establece una excepción, en virtud de la cual una tercera parte de los miembros (tres) pueden sesionar sobre temas de urgencia. Esta situación ya se dio recientemente, el 26 de setiembre, cuando los mismos cuatro miembros facultados en este momento se reunieron para discutir asuntos de urgencia en forma confidencial.
Estos mecanismo se utilizarían mientras se dan nuevos nombramientos. La Nación preguntó días atras a la secretaría de la Junta, Carolina Arguedas, que procedería si los miembros fueran suspendidos, como ocurrió este jueves.
“Lo que procedería en ese supuesto sería seguir el procedimiento que establece el artículo 6 de la Ley Constitutiva de la CCSS y su reglamento. En síntesis, convocar a los sectores para las Asambleas de nombramiento y al Consejo de Gobierno para lo propio”, respondió entonces la funcionaria.
Las suspensiones son medidas cautelares dictadas por el Juzgado Penal de Hacienda en relación con el denominado Caso Barrenador, en el cual se investiga la licitación con supuestos sobreprecios otorgada a cooperativas para la administración de Ebáis.
La respuesta es incierta. La Junta sesiona de forma ordinaria todos los martes a las 5 p. m. y los jueves a las 10 a. m. Sin embargo, debe hacerse una convocatoria previa en caso de existir temas de urgencia por tratar.
En principio, sí habría. En la sesión de este jueves 10 de octubre se mencionaron asuntos que se discutirían el martes 15 de octubre.
El gerente médico de la institución, Alexander Sánchez Cabo, destacó que habría temas relacionados con listas de espera. Gilbert Alfaro Morales, director jurídico de la CCSS señaló que habría que tratar sobre el proyecto de construcción del hospital de Cartago y el retiro de la empresa constructora. Marta Esquivel señaló que también habría una situación de Oftalmología que podría tener carácter de urgencia.
No obstante, se debe esperar a la posible convocatoria para los cuatro directivos que pueden fungir. Sin esta convocatoria no se realizaría la sesión.