Al menos 24 instituciones públicas no transmiten las sesiones de sus juntas directivas ni publican los audios y video de las discusiones, pese a las facilidades tecnológicas existentes en la actualidad.
Si bien la ley no exige publicar en web las grabaciones, existe otro grupo de al menos 16 entidades que sí difunde de forma completa las sesiones, ya sea mediante transmisiones en redes sociales o la colocación de los archivos en sus respectivas páginas electrónicas. Tal es el caso de la CCSS y del Incofer.
En el otro extremo, hay tres instituciones que no facilitan los videos de las sesiones y, peor aún, tampoco publican las transcripciones literales de las conversaciones, sino que se limitan a una minuta con los acuerdos tomados. Se trata del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU), el Banco Central de Costa Rica (BCCR) y el Instituto Nacional de Seguros (INS).
Así lo observó La Nación al revisar los sitios web, redes sociales y canales de YouTube de un grupo seleccionado de 40 entidades, entre instituciones descentralizadas y municipalidades.
La Ley para Mejorar el Proceso de Control Presupuestario, que entró en vigor en noviembre del 2022, establece que las sesiones de los órganos colegiados deben grabarse en audio y video, y conservarse en un medio digital que garantice su integridad. Además, todos los miembros del cuerpo colegiado deben asegurarse de que la sesión sea grabada, y no hacerlo constituye una falta grave.
Cada sesión debe contar con un acta que incluya la lista de asistentes, las circunstancias de lugar y tiempo, así como la transcripción literal de todas las intervenciones, el resultado de las votaciones y los acuerdos alcanzados. Las normas fueron impulsadas en pro de la transparencia.
Hace un mes, el BCCR prometió publicar en línea las actas completas de las sesiones de su Junta Directiva, luego de que un informe de auditoría de la Contraloría General de la República (CGR) cuestionara la transparencia del Banco Central por no publicar las actas ni los hallazgos de las auditorías internas.
Banco Central promete publicar actas de Junta Directiva en línea tras cuestionamientos
Instituciones públicas reacias a publicar grabaciones de juntas directivas
21 instituciones publican las actas, pero no las grabaciones de audio y video. Entre estas, están el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), el Patronato Nacional de la Infancia (PANI) y la Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope), entre otras,
El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) informó de que no publica las grabaciones debido al tamaño de los archivos. No obstante, pueden solicitarse a través de un formulario disponible en la página de la Junta Directiva.
El PANI señaló que las grabaciones están respaldadas en medios digitales, pero su publicación afectaría el rendimiento del portal. Las solicitudes deben realizarse a la Junta Directiva.
Recope también argumentó limitaciones de almacenamiento, pero las grabaciones pueden obtenerse a través de la secretaría de actas.
Por su parte, el Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura (Incopesca), el Consejo Nacional de Producción (CNP), el Consejo de Transporte Público (CTP) y el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) también indicaron que conservan los archivos, pero no los publican debido a diversas complicaciones. Todas aseguraron que los suministran ante una solicitud de cualquier ciudadano.
El CTP, por ejemplo, alegó que cualquier persona interesada puede presentarse a la plataforma de servicios y solicitar el archivo con un CD.
El Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) agregó que, según el decreto ejecutivo 40200, solo deben publicarse las actas y las grabaciones pueden pedirse directamente a la institución.
El Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM) informó de que graba todas las sesiones y en febrero habilitó una plataforma para compartir videos y audios, la cual esperan que esté lista en el último trimestre del año.
En tanto, el Banco de Costa Rica (BCR) indicó que no puede compartir las grabaciones por la información confidencial que contienen. Sin embargo, sí se comparten las actas transcritas literalmente con la información que por disposición legal sí puede ser compartida con terceros. El Banco Nacional adujo que la confidencialidad de los temas tratados y limitaciones técnicas y operativas impiden la publicación de los archivos.
La Nación consultó a las instituciones restantes, pero no se obtuvo respuesta.
Instituciones públicas obligadas a transparentar sesiones de juntas directivas
Dieciséis instituciones consultadas publican tanto las actas como las grabaciones de sus sesiones en sus sitios web, redes sociales o YouTube. Entre estas entidades están la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), el Instituto Costarricense de Ferrocarriles (Incofer), el Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (Incop), el Banco Hipotecario de la Vivienda (Banhvi) y varias municipalidades, incluidas las de las siete cabeceras de provincia.
En el caso de Limón, las actas disponibles llegan hasta el 2021. El gobierno local argumenta que la página web está en reconstrucción, debido a un hackeo que sufrieron meses atrás, lo que provocó la pérdida de información.
Otros ayuntamientos que también publican actas y videos son Desamparados, Goicoechea, San Carlos y Pérez Zeledón.
En Pococí, aunque se transmite semanalmente la sesión del Concejo Municipal a través de redes sociales, no se publican las actas en su página web. Únicamente se dispone de un documento con los acuerdos y temas discutidos en cada reunión. Se consultó a la encargada de prensa del gobierno local por qué no publican las actas completas, pero la consulta se mantiene en trámite.
En el pasado, la Sala Constitucional, la Procuraduría General de la República (PGR) y la Contraloría General de la República (CGR) han reiterado que estos documentos y archivos deben ser de acceso público. Así, la prensa y la ciudadanía podrán ejercer un mayor control sobre las decisiones y discusiones que se lleven a cabo en estas sesiones.
Solo se exceptúan de esta disposición los casos en los que una norma legal establezca la confidencialidad del proceso, como los secretos de Estado o los procedimientos disciplinarios, donde se debe proteger la identidad de los involucrados.