La procuradora Ad Hoc del caso Lava Jato, Silvana Carrión, defendió la gestión de su equipo fiscal y respaldó el Acuerdo de Beneficios y Colaboración Eficaz suscrito con la empresa Odebrecht para las investigaciones del caso. Esto ocurrió luego de que el Tribunal Constitucional declarara dicho convenio de interés público, permitiendo su publicación en diversos portales periodísticos. Esta decisión generó una polémica entre quienes apoyan el pacto y quienes lo consideran perjudicial para el Estado peruano.
Carrión, integrante del primer grupo, afirmó que el documento, elaborado por su equipo, en el que también figuran los fiscales José Domingo Pérez y Rafael Vela, no causó daños al Estado, ya que el acuerdo se firmó antes de que se conocieran otros pagos realizados por la empresa brasileña.
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"Existen cuestionamientos al acuerdo, algunos antiguos, que surgieron desde que se aprobó el acuerdo y la sentencia. Han señalado que ha sido un mal negocio y lesivo para el Estado. Esto no es así, no ha sido un mal negocio (...) porque el acuerdo contiene información que, en el momento en que fue entregada, no se conocía. (...) Había información que las autoridades ni la ciudadanía conocían en ese momento", expresó Carrión.
Según la procuradora, la información contenida en el acuerdo ha sido clave para sustentar algunos de los casos más emblemáticos del caso Lava Jato: "Esa información ha servido para sustentar sentencias, como la condena al señor Toledo en el caso de la Interoceánica. (...) También contra funcionarios del MEF en el caso de los bonos soberanos. (...) En cuanto a la reparación civil, gracias a este acuerdo, hemos fijado alrededor de 760 millones de soles. (...) A la fecha, la procuraduría por colaboración eficaz viene recuperando 300 millones de soles en este momento", indico.
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Asimismo, Carrión negó que la información contenida en el acuerdo fuera desconocida para los imputados. Según la abogada, esto no es posible porque las pruebas forman parte de los expedientes judiciales de cada acusado: "Todas las pruebas respecto a las cuales los investigados tienen que defenderse están en su expediente judicial. Esto ocurre porque la ley así lo establece, y porque los acusados que llegan a juicio oral pasan primero por un control de acusación dirigido por un juez. Este juez es quien admite las pruebas conocidas por todas las partes y respecto a las cuales el acusado debe defenderse".
El Tribunal Constitucional (TC) ordenó a la Fiscalía entregar copias del Acuerdo de Beneficios y Colaboración Eficaz firmado el 15 de febrero de 2019, así como del Acuerdo Complementario del 20 de mayo del mismo año. Estos acuerdos, suscritos entre el Equipo Especial Lava Jato, la constructora Odebrecht y colaboradores clave como Jorge Barata, Ricardo Boleira, Renato Bortoletti y Antonio Nostre Junior, fueron solicitados mediante un recurso de habeas data presentado por el comunicador social Phillip Butters Rivadeneira contra el Ministerio Público. Este último había negado el acceso, argumentando que los documentos son confidenciales y forman parte de un proceso penal reservado, accesible únicamente a las partes implicadas.
Sin embargo, el TC consideró que, al haberse dictado sentencia en junio de 2019, esta información debía ser pública y, por tanto, accesible a cualquier ciudadano.
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El TC determinó que la negativa de la Fiscalía violaba el derecho fundamental de acceso a la información pública. Según los magistrados, los acuerdos de colaboración eficaz ya produjeron sus efectos, y la identidad de los colaboradores fue revelada con su consentimiento. Por ello, no existe una justificación válida para restringir el acceso a los documentos, que forman parte de un expediente judicial de más de 156.000 páginas. En consecuencia, se ordenó a la Fiscalía entregar las copias solicitadas en un plazo de cinco días.