Desde su promulgación en 2017, numerosos adultos mayores se han beneficiado de la exoneración del impuesto predial, una medida que responde a la necesidad de proteger a este grupo vulnerable, que podría enfrentar dificultades debido a la falta de ingresos. El impuesto predial es un tributo que grava las propiedades urbanas y rurales en función de su valor. Los propietarios de estos predios son responsables de pagar este impuesto anualmente a la municipalidad distrital o provincial donde se encuentra el inmueble.
Por esta razón, la Ley 26952 otorga este beneficio a cualquier ciudadano que cumpla con ciertos requisitos. Este beneficio se extiende tanto a pensionistas como a no pensionistas. A continuación, te explicamos cómo acceder.
Para que los adultos mayores puedan aprovechar la exoneración del impuesto predial, es necesario cumplir con una serie de requisitos específicos:
Si reúnes todos los requisitos, dirígete a la municipalidad más cercana y solicita la documentación necesaria para tramitar la exoneración.
Aunque el proceso puede variar según la municipalidad, un requisito fundamental es la presentación de una carta dirigida al alcalde solicitando el beneficio. Aquí te ofrecemos un modelo de carta con toda la información necesaria para que puedas presentarla en tu municipalidad.
El nuevo propietario de un predio tiene hasta el último día hábil de febrero del año siguiente a la adquisición para declararlo. No cumplir con este plazo se considera una infracción y puede conllevar una multa. Sin embargo, dado que es obligatorio abonar los arbitrios correspondientes al mes siguiente a la transferencia, se recomienda presentar la declaración jurada antes del último día hábil del mes posterior a la transferencia.