El Ministerio de Transporte y Comunicaciones (MTC) ha establecido una restricción para los vehículos especiales que transportan carga y exceden las dimensiones y peso permitidos en la Carretera Central hasta el 31 de diciembre de 2025. Esta medida se aplica desde el kilómetro 23 en Chaclacayo hasta el kilómetro 145 en el centro poblado de Pucará, distrito de Morococha en Junín, según lo dispuesto en la Resolución Directoral N° 018-2024-MTC/18 publicada en El Peruano.
La medida del MTC busca optimizar el tránsito, reducir la congestión y el desgaste de la Carretera Central. Los vehículos especiales y aquellos que transportan mercancías tendrán prohibida la circulación de viernes a domingo y solo podrán transitar de lunes a jueves, siempre y cuando cuenten con la autorización previa de Provías Nacional.
La autorización emitida por Provías Nacional permitirá el tránsito de hasta 65 vehículos diarios. En el caso de vehículos especiales de hasta 4 metros de ancho y aquellos que transportan mercancías especiales de hasta 60 toneladas. Para vehículos especiales que superen los 4 metros de ancho y aquellos con mercancías superiores a las 60 toneladas, se permitirá un máximo de 2 vehículos diarios. Estas restricciones estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2025 para los siguientes tipos de vehículos:
Vehículos restringidos | De lunes a jueves | De viernes a domingo |
-Vehículos especiales de las categorías M, N y O con autorización temporal para la circulación. -Vehículos especiales y vehículos que transportan mercancía especial de hasta 4 metros de ancho y de hasta 60 toneladas de carga. | Circulan solo con autorización de Provías Nacional y hasta un máximo de 65 vehículos por día. | Prohibida la circulación de estos vehículos. |
-Vehículos especiales y vehículos que transportan mercancía especial con más de 4 metros de ancho o con más de 60 toneladas de carga. | Circulan solo con autorización de Provías Nacional y hasta un máximo de 2 vehículos por día. | Prohibida la circulación de estos vehículos. |
-Combinaciones vehiculares especiales (bitrenes) | No circulan | No circulan |
Es importante señalar que la entidad tiene la facultad de rechazar la emisión de autorizaciones para la circulación de vehículos especiales y de carga especial, o suspender temporalmente aquellas ya otorgadas, por motivos de mantenimiento o conservación de la Carretera Central.
Asimismo, el horario de circulación para los vehículos autorizados será determinado según lo establecido en la Directiva N° 008-2008-MTC/20, que define las normas y procedimientos para otorgar autorizaciones especiales a vehículos que transportan mercancía especial y/o vehículos especiales.
El MTC indicó que el cumplimiento de la disposición estará a cargo de los agentes de la Policía Nacional del Perú, en coordinación con personal de la SUTRAN. Para ello, se establecerán puntos de control con el fin de asegurar su efectividad. La directiva establece que los puntos de control obligatorio estarán ubicados en los extremos del tramo km 23 de la vía (Chaclacayo) y en el punto ubicado en el km 145 de la vía (centro poblado Pucará).
Además, los puntos de control se ubicarán en la intersección de la Av. Los Laureles, km 7; entrada de Ñaña, km 19.500; Centro Poblado Curipata, km 161 (Ruta Nacional PE-22). Sector Huacapo, Km 6 (Ruta Nacional PE-22B); ciudad de Junín, km 54 (Ruta Nacional PE-3N) y Puente Stuart, Km 77.500 (Ruta Nacional PE-3S).
La SUTRAN está a cargo de las acciones de control en la Ruta Nacional PE-22 (Carretera Central), a fin de detectar, según corresponda, cualquier infracción derivada del incumplimiento de las obligaciones establecidas en el Reglamento Nacional de Administración del Transporte y el Reglamento Nacional de Vehículos.