Este sábado 20 de julio, la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional decidió rechazar el recurso de apelación presentado por la defensa legal del ex presidente Martín Vizcarra. Dicha solicitud proponía que el ex jefe de Estado viaje a la ciudad de Iquitos para brindar una conferencia.
En ese sentido, el Poder Judicial ratificó la resolución del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria, la cual declaró infundado el requerimiento de Vizcarra Cornejo para viajar a la mencionada ciudad el 20 de julio. Por consiguiente, el también ex gobernador regional de Moquegua no podrá trasladarse a la Amazonía.
Según el poder del Estado mencionado, el requerimiento presentado por la defensa técnica de Martín Vizcarra no contaba con los argumentos necesarios para justificar la razón por la cual el expresidente debía salir de la capital del país hacia Iquitos para ofrecer una conferencia.
La Tercera Sala Penal de Apelaciones señaló que la resolución en primera instancia, es decir, el despacho del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria, se encuentra "debidamente motivada" dentro de los lineamientos establecidos, puesto que el requerimiento de Vizcarra Cornejo parece estar vinculado a "fines políticos" y "partidarios del partido Perú Primero".
"Tribunal consideró que la resolución de primera instancia está debidamente motivada dentro de los estándares del debido proceso; y que la defensa del exmandatario no presentó algún argumento razonable de la necesidad imprescindible de viajar a Iquitos a dar una conferencia (...) La solicitud de autorización de viaje fue declarada infundada en primera instancia por considerarse que dictar una conferencia parece estar vinculada a fines políticos y partidarios del partido "Perú Primero", lo cual contravendría la inhabilitación política impuesta al procesado", se lee en la publicación del Poder Judicial.
Además, el Poder Judicial señala que los argumentos emitidos por la defensa legal del también exvicepresidente de la República no han logrado esclarecer "una desvinculación real de Vizcarra con el partido Perú Primero". Recalcaron que el exmandatario afronta procesos por el presunto delito de cohecho pasivo propio en el Caso Lomas de Ilo-Hospital de Moquegua.
"Asimismo, no se logra esclarecer una desvinculación real de Vizcarra con el partido 'Perú Primero' y sus objetivos de fortalecimiento político. El expresidente afronta un proceso penal por el delito de cohecho pasivo propio en el Caso Lomas de Ilo-Hospital de Moquegua (...) La audiencia de instalación del juicio por este caso ha sido programada para el 28 de octubre próximo", se indica.
El Poder Judicial determinó que el 28 de julio se inicie el juicio oral contra el expresidente Martín Vizcarra por el caso Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua. Vizcarra Cornejo es acusado por el presunto delito de cohecho pasivo propio en agravio del Estado peruano.
El Ministerio Público sostiene que el exgobernador regional de Moquegua habría recibido pagos ilícitos por el monto aproximado de 2,300,000 soles para la construcción de la ampliación del Hospital de Moquegua durante su gestión como máxima autoridad de la mencionada región.
El Cuarto Juzgado Penal Colegiado Nacional, liderado por la jueza Fernanda Ayasta y los magistrados Lorena Sandoval y Giovanni Felix, fijaron que la primera audiencia se realizará en la referida fecha a las 9:00 a. m. hasta las 13:00 p. m. El segundo encuentro se llevará a cabo el lunes 4 de noviembre de 9:00 a. m. hasta las 17:00 p. m. de forma virtual.