Fallece el titular de una cuenta bancaria: qué deben hacer los familiares para no heredar deudas ni perder dinero
La muerte es inevitable y, cuando llega, no solo deja un vacío emocional, sino también un proceso sucesorio que obliga a los familiares a gestionar el patrimonio del fallecido. En España, todos los bienes, derechos y deudas pasan automáticamente a la herencia, incluidas las cuentas bancarias. Si los herederos no actúan con rapidez, pueden enfrentarse a consecuencias inesperadas: comisiones que siguen acumulándose, pérdida de fondos o incluso la asunción de deudas que no les corresponden. Aun así, muchos desconocen qué ocurre exactamente con una cuenta bancaria tras el fallecimiento del titular y qué pasos deben seguir para proteger su patrimonio.
Lo primero será confirmar si el fallecido tenía cuentas activas, ya que no siempre existe información directa. Para ello, los herederos pueden consultar a la Agencia Tributaria, que dispone de la información facilitada por las entidades financieras. Esta verificación permite conocer si existen depósitos, deudas pendientes o cuentas inactivas a nombre del fallecido.
Una vez identificadas las cuentas, es imprescindible notificar el fallecimiento al banco lo antes posible, presentando el certificado de defunción y el documento que acredite la condición de heredero, ya sea testamento o declaración de herederos. Tras esta comunicación, los familiares deben valorar si mantener o cerrar las cuentas si no se van a utilizar, ya que, si no, numerosas entidades aplican comisiones de mantenimiento que pueden seguir generando cargos y provocar saldos negativos.
Consecuencias de no actuar a tiempo
No gestionar adecuadamente la cuenta de un fallecido puede acarrear problemas significativos como comisiones periódicas por servicios que ya no se utilizan; intereses negativos en productos asociados; embargos (si existen deudas vinculadas a la cuenta); y pérdida del dinero, ya que si nadie reclama la cuenta en 20 años, el saldo pasa automáticamente al Estado.
La Agencia Tributaria dispone de un canal específico para estos casos, con el objetivo de evitar que el patrimonio quede en situación de abandono.
¿Se heredan también las deudas?
Las deudas del fallecido en España no se cancelan automáticamente tras su muerte. Por tanto, los herederos pueden elegir entre estas tres opciones:
- Aceptar la herencia: se heredan los bienes y las deudas. Por tanto, el heredero responde con todo su patrimonio.
- Aceptar a beneficio de inventario: solo se pagan las deudas hasta donde alcance el valor de los bienes heredados, sin que los herederos comprometan su patrimonio personal.
- Renunciar a la herencia: si las deudas superan los activos, es posible rechazarla y evitar cualquier obligación futura.
Para tomar la decisión adecuada, es fundamental conocer con precisión el patrimonio del fallecido. Por ello, los expertos recomiendan solicitar un inventario detallado de bienes y deudas y contar con asesoramiento legal antes de aceptar o rechazar la herencia.