El Estatuto de los Trabajadores se encuentra en continuo cambio con el paso del tiempo. Se trata de una normativa creada por el Gobierno que regula todo lo que ocurre entre la empresa y el trabajador. Su función principal es la de proteger al empleado.
En este proceso de cambio, la Ley Orgánica 5/2024 del Derecho de Defensa recoge un nuevo derecho que afecta directamente a los trabajadores y a sus familiares, garantizando el empleo ante posibles medidas de actuación de las empresas.
En concreto, el artículo 12 refuerza la garantía de indemnidad del empleado ante un posible despido de la empresa. Esta garantía impide a las compañías ejercer cualquier tipo de castigo hacia los trabajadores cuando estos realizan una reclamación de sus derechos laborales o presentan una reclamación por la vía judicial o administrativa. Los castigos van desde una modificación de las condiciones laborales reflejadas en el contrato hasta el propio despido.
"Las personas trabajadoras tienen derecho a la indemnidad frente a las consecuencias desfavorables que pudieran sufrir por la realización de cualquier actuación conducente al ejercicio de sus derechos de defensa", asegura el artículo.
Por otro lado, la disposición adicional tercera de esta misma ley recoge que las personas trabajadoras tienen "derecho a la indemnidad frente a las consecuencias desfavorables que pudieran sufrir por la realización de cualquier actuación efectuada ante la empresa o ante una actuación administrativa o judicial destinada a la reclamación de sus derechos laborales, sea ésta realizada por ellas mismas o por sus representantes legales".
En el mismo apartado, se señala que dicha protección se extiende a familiares hasta el segundo grado de afinidad, siempre y cuando estos presten servicios a la misma empresa y no tengan nada que ver con la reclamación original.
La Ley Orgánica 5/2024 del Derecho de Defensa entrará en vigor una vez sea publicado en el BOE. De esta manera, este nuevo derecho tendrá validez a partir del próximo 4 de diciembre.
Desde este momento, el trabajador quedará protegido de manera oficial frente a aquellas empresas que decidan tomar represalias tras exigir el cumplimiento de sus derechos laborales. Sin embargo, esta indemnidad no se aplicará siempre que se produzca un despido o una modificación de la jornada, puesto que el trabajador, si quiere verse beneficiado de este nuevo derecho, deberá demostrar que la sanción fue improcedente, y que la decisión llevada a cabo por la empresa no esté justificada.