El partido político Iustitia Europa ha llevado ante el Tribunal Supremo (TS) un recurso de súplica para reclamar que se admita a trámite su querella por prevaricación contra el magistrado de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz por el cierre de Telegram que ordenó el pasado marzo y duró cuatro días.
La formación, que lidera el abogado Luis María Pardo, acusa al TS de haber vulnerado graves derechos fundamentales con la inadmisión de su denuncia este 17 de septiembre.
La principal razón que alega es que se utilizan en la resolución judicial "términos apropiados" para un auto, como que el argumentario que exponen en su acción penal para reclamar una investigación contra el juez es "descabellado" y un "desvarío".
También señala que el Supremo llega a utilizar la metáfora "como con fórceps" en la valoración de su querella y aparecen varias veces expresiones exclamativas o signos de exclamación.
Unos "juicios de valor subjetivos" que para Iustitia -que es parte de la acusación en los casos "Koldo", "Begoña Gómez" y "David Sánchez"- no cumplen con los estándares de "claridad, objetividad ni imparcialidad" que impone la ley a los magistrados en el ejercicio de la jurisdicción.
Asimismo, considera que compromete tanto la "seriedad" como la "mesura" que deben prevalecer en una resolución judicial y ello ha provocado una situación de "indefensión" para Iustitia al verse vulnerada, como advierte en su recurso, la tutela judicial efectiva que consagra la Constitución en su artículo 24.
Por otro lado, en el recurso cuestiona que se haya abierto una pieza separada para investigar al partido político por supuesto abuso procesal o mala fe en su querella contra Pedraz, sin que, afirma, se especifiquen "infracciones concretas que justifiquen tal medida".
Defiende el letrado Pardo su denuncia asegurando que hasta el propio TS manifiesta en el auto de inadmisión que su escrito podría ser considerado "excelente" por el fundamento jurídico sólido que despliega y, por tanto, solicita que se declare la nulidad de la pieza separada.
En este nuevo recurso de reforma insiste en lo que ya llevó a la Justicia inicialmente: que el cierre de Telegram provocó una "evidente alarma social" y afectó, por los millones de usuarios que tiene, a los derechos fundamentales de libertad de expresión e información de los ciudadanos.
El propio juez Pedraz, dice, lo admitió en el segundo auto que canceló el bloqueo de la aplicación de la mensajería, lo que, bajo su óptica, es el "punto clave" que demuestra que la medida cautelar fue adoptada de manera "abiertamente desproporcionada" y ven en ella indicios "racionales" de la presunta comisión del delito de prevaricación judicial.