La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha instado a Correos a cambiar ciertos aspectos de su contabilidad con el fin de poder cumplir con la Ley del sector postal, tras presentar una incidencia recurrente desde hace varios ejercicios. En concreto, la empresa pública postal considera en su modelo contable las notificaciones administrativas como un tipo de carta certificada que forma parte del Servicio Postal Universal (SPU), cuando, en realidad, no lo son, según explica Competencia en un comunicado.
El Servicio Postal Universal incluye los envíos nacionales y transfronterizos (ordinarios y certificados) de cartas y tarjetas postales de hasta 2 kilos y paquetes postales de hasta 20 kilos, por lo que Correos recibe una compensación por la carga financiera que le supone cumplir con las obligaciones de servicio público derivadas de su designación como operador del SPU.
Por su parte, las notificaciones son envíos de correspondencia de hasta 2 kilos de peso, con hasta dos intentos de entrega en el domicilio bajo firma, una gestión de entrega acordada en la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y con prueba de entrega como garantía de recepción.
Según el Informe Anual del Sector Postal 2023, las notificaciones administrativas representaron el 6,2% de los envíos del sector postal tradicional (SPT) y el 32,2% de los ingresos del mismo segmento. El segmento SPT, que comprende cartas, postales, cartas certificadas y notificaciones, sumó 1.341,4 millones de envíos y facturó 1.097,7 millones de euros en 2023.
Competencia explica que el sistema de contabilidad de costes de Correos para el ejercicio 2022 cumple, en general, con la ley, excepto en los cálculos sobre la "notificación administrativa", que tienen impacto material en el resultado por servicios, por lo que "Correos deberá solventar la incidencia y presentar los resultados desde 2016 debidamente corregidos", insiste la CNMC.
El operador postal ya ha cumplido el requerimiento de presentar informes técnicos extracontables sobre el servicio de notificación administrativa de los ejercicios 2014 y 2015, pero ahora la CNMC le requiere que presente esos informes para los siguientes ejercicios -desde 2016 en adelante-, mientras no aporte sus correspondientes contabilidades corregidas. Además, le requiere que corrija en próximos ejercicios otros aspectos, sin impacto material, y que implemente las mejoras descritas en la resolución.