El Consejo Fiscal ha avalado el nombramiento de Dolores Delgado como fiscal de Memoria Democrática y Derechos Humanos al no apreciar incompatibilidad alguna en que su pareja, el exjuez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón, dirija un despacho de abogados y una Fundación, Figbar, especializada precisamente en asuntos de derechos humanos. La decisión ha salido adelante solo con cinco de los votos de los doce integrantes del órgano consultivo: los de los tres miembros natos del Consejo Fiscal -además de García Ortiz, la teniente fiscal del Tribunal Supremo, María Ángeles Sánchez Conde, y la jefa de la Inspección, María Antonia Sanz- y los dos apoyos de los representantes de la Unión Progresista de Fiscales (UPF).
Ni los seis vocales de la mayoritaria Asociación de Fiscales (AF) ni el de la Asociación Profesional Independiente de Fiscales (APIF) han participado en la votación, después de que los primeros reclamaran sin éxito a García Ortiz que aplazase el Pleno ante la falta de documentación sobre la actividad profesional de Baltasar Garzón, que consideraban esencial para tomar su decisión. Fuentes de la Fiscalía General aseguran sin embargo que "se les dijo antes de las votaciones si querían solicitar alguna diligencia más y no pidieron nada".
Tras este Pleno, cuya celebración ordenó el Supremo, García Ortiz volverá a proponer al Gobierno la designación de Dolores Delgado como fiscal de Memoria Democrática y Derechos Humanos.
El fiscal general no ha tramitado la recusación por parte de la exministra de tres de los consejeros (Salvador Viada, de APIF, y Beatriz Sánchez Carreras y Miguel Rodríguez, de la Asociación de Fiscales), por lo que el Pleno se ha celebrado finalmente con la participación de sus doce consejeros. Según ha informado la Fiscalía General al respecto, el contenido de la sentencia del Tribunal Supremo que anuló el nombramiento de Delgado "es claro respecto al momento de retroacción en el que el pleno del Consejo, válidamente constituido, debatió la propuesta de nombramiento".
El plácet del Consejo Fiscal era necesario después de que el pasado junio el Tribunal Supremo (TS) -que ya había anulado por "desviación de poder" el nombramiento de Delgado como fiscal togada, lo que supuso su ascenso a la máxima categoría de la carrera- dejase también sin efecto la posterior designación de la exministra de Justicia como fiscal de Memoria Democrática. El alto tribunal concluyó que el fiscal general obvió el pronunciamiento del Consejo Fiscal sobre la posible incompatibilidad de Delgado para ejercer el cargo por su relación con Garzón, un hecho que ya pusieron de manifiesto los vocales de la AF y APIF pero que no impidió que García Ortiz siguiese adelante con el nombramiento. El Supremo determinó que el órgano consultivo de la carrera debía examinar ese supuesto conflicto de intereses, por lo que ordenó que la tramitación de ese nombramiento volviese a manos del Consejo Fiscal para esclarecer si concurre ese "obstáculo" para que Delgado pueda ejercer el cargo.
Y aunque la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso instó a que el Consejo Fiscal resolviese esta cuestión "sin demora", lo cierto es que la convocatoria se ha demorado casi dos meses. La Sala dejó claro entonces que para que exista la incompatibilidad que contempla el artículo 58 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (EOMF) "no es preciso que exista un determinado conflicto de intereses, sino que sea posible su existencia en razón del presupuesto ofrecido por el vínculo familiar y por la naturaleza de la actividad mercantil" desarrollada por su pareja, que debe de obstaculizar "el imparcial desempeño de su función".
Los magistrados ya apuntaron que "la especialización del despacho y de la fundación coincide significativamente con la materia sobre la que versa la Fiscalía para la que ha sido nombrada" la ex fiscal general del Estado, y apreciaba por tanto indicios" de que Dolores Delgado "podía verse afectada por esta prohibición".
A diferencia de lo que ocurrió con el nombramiento de Delgado como fiscal de Sala de lo Militar, el Supremo no apreció en este caso desviación de poder, sino tan solo el incumplimiento "de unos preceptos legales en el procedimiento de provisión de una Fiscalía de Sala", dado que -hacía hincapié- el fiscal general no estaba habilitado para tomar "por sí mismo" decisiones que corresponden "al Consejo Fiscal en pleno", como sucede con ese pronunciamiento sobre una posible causa de incompatibilidad. El alto tribunal apremió a García Ortiz a que la decisión se adoptase "con agilidad" y con "todas las garantías y, en especial, con la motivación necesaria", a la vista de que afectaba al derecho fundamental de Delgado "a ser promovida en la carrera fiscal en condiciones de igualdad y con los requisitos establecidos por la ley".