Cuando finaliza un contrato, al trabajador le corresponderá una liquidación final obligatoria, más conocida como finiquito
Un despido, la llegada de la ansiada jubilación o encontrar un empleo mejor son algunas de las muchas razones por las que un trabajador puede poner punto y final a la relación laboral que tenía con la empresa. Y es que esta no es eterna, por lo que, cuando llega el momento de tomar caminos separados, independientemente de cuál sea el motivo, al trabajador le corresponderá una liquidación final obligatoria, más conocida como finiquito.
El finiquito es el documento que la empresa entrega a su empleado cuando se termina su contrato. "El empresario, con ocasión de la extinción del contrato, al comunicar a los trabajadores la denuncia, o, en su caso, el preaviso de la extinción del mismo, deberá acompañar una propuesta del documento de liquidación de las cantidades adeudadas". Así lo establece el artículo 49.2 del Estatuto de Trabajadores.
Por tanto, esta liquidación final es la última nómina y en ella se detallan todas las deudas pendientes que la empresa tenga con el trabajador. Desde el blog de Finanzas para todos detallan que conceptos clave se incluyen en el finiquito:
"En el momento de comunicar el fin del contrato, la empresa debe entregar al trabajador un documento con la cuantía a pagar que incluya las cantidades del salario de los días trabajados desde la última nómina, las vacaciones no disfrutadas, la parte proporcional de las pagas extra y la liquidación de variables y horas extra pendientes de pago, si corresponde", aseveran desde el blog.
Asimismo, el Estatuto de los Trabajadores no establece ningún plazo para abonar el finiquito, no obstante, se entiende que este debe abonarse en el momento o fecha en el que se finaliza la relación laboral.