El Comité de Evaluación del Poder Legislativo acusó que la suspensión del proceso electoral 2024-2025 del Poder Judicial es “notoriamente improcedente e inatendible”, debido a que viola los derechos políticos electorales a ser votados de los aspirantes que se registraron en tiempo y forma.
En un comunicado, el Comité de Evaluación del Poder Legislativo señaló que fue el juez Sergio Santamaría Chamú quien ordenó la suspensión del proceso de elección judicial y que dicha acción “resulta jurídicamente imposible”.
“La decisión trastoca los principios que rigen la materia electoral, es decir, la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, objetividad y máxima publicidad, lo que representa un atentado a los derechos humanos de las personas participantes que tienen el derecho a ser votadas”, aseveró.
Además, indicó que existe una incompetencia de origen, ya que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido el criterio de que la autoridad judicial no debe intervenir para resolver cuestiones electorales que incumben constitucionalmente a otros poderes.
Resaltó que el artículo 99 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que el Tribunal Electoral será la máxima autoridad jurisdiccional en la materia y órgano especializado del Poder Judicial de la Federación.
El Comité de Evaluación del Poder Legislativo añadió que el artículo 41 de la Constitución establece que los procedimientos electorales no son susceptibles de suspenderse, toda vez que son de orden público y de interés social.
Recordó que el pasado 18 de noviembre, la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó que es “constitucionalmente inviable suspender los actos que se relacionan con el desarrollo de los procedimientos electorales a cargo del Senado, el Instituto Nacional Electoral y otras autoridades competentes respecto del proceso electoral extraordinario del Poder Judicial de la Federación 2024-2025”.
En esa resolución indicó que será la única autoridad competente para conocer de los escritos presentados por las partes promoventes.
El Comité de Evaluación del Poder Judicial informó que el juzgado primero de Distrito de Michoacán concedió la suspensión definitiva a la reforma judicial y que recibió la notificación el 7 de enero, sin embargo, la decisión se emitió el 20 de diciembre de 2024.
La orden también fue dirigida al Comité de Evaluación de los Poderes Legislativo y Ejecutivo y debió ser acatada en un plazo de 48 horas a partir de que sea notificado.
A través de su portal, el grupo de trabajo detalló que este martes recibió la notificación del incidente de suspensión 1074/2024 con el que el titular del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Michoacán, Sergio Santamaría Chamú, determinó ponerle pausa al proceso.
Dentro del acuerdo, el Comité señaló que en cumplimiento a la orden, toda actividad que implique la continuación del desarrollo del proceso electoral extraordinario para la elección de diversos cargos del Poder Judicial de la Federación 2024-2025, en tanto no se revoque o modifique la referida medida cautelar”.
Asimismo, señaló que está consciente de que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) señaló previamente que se debía seguir adelante con el proceso de elección.