La compañía La Ley, conocida por editar el periódico especializado en noticias jurídicas Diario La Ley y por ofrecer productos legales con tecnología innovadora, demandó a otra LegalTech llamada Emérita Legal por competencia desleal en 2023 al considerar que esta última utiliza una herramienta de recogida y reutilización de sentencias parecida a la suya sin pagar su debido abono al Centro de Documentación Judicial (Cendoj).
En una sentencia a la que ha tenido acceso Confidencial Digital, la Audiencia Provincial de Pontevedra ha rechazado esta pretensión, confirmando así la decisión del juzgado de lo mercantil, y ha validado que Emérita Legal utiliza otras vías para analizar jurisprudencia.
La multinacional alegó en su escrito de demanda que ambas empresas compiten en el mismo mercado “mediante el desarrollo de herramientas basadas en algoritmos de inteligencia artificial que se nutren de la reutilización de resoluciones judiciales”.
No obstante, apuntó, ellos llevan a cabo esta actividad “de forma lícita”, pues ha pagado entre 2006 y 2019 cuatro millones de euros para tener el acceso a la base de sentencias del Poder Judicial, y acusó a la start-up de reutilizar las resoluciones judiciales sin realizar el abono y tener una ventaja competitiva en el sector.
La empresa de servicios jurídicos comparó las aplicaciones de ambas compañías: Jurimetría, desarrollada por La Ley, y Analítica Judicial, la herramienta de Emérita Legal.
Como ha quedado acreditado, mientras la primera recaba los datos de las resoluciones judiciales para ofrecer estadísticas sobre los temas de los litigios y sobre los jueces y abogados que han intervenido en ellos, Analítica Judicial busca establecer un ránking de abogados para conocer el nivel de experiencia y la especialidad basado en su rendimiento -cuántas causas han defendido, cuántas han ganado…
Emérita Legal, contestando a la demanda, negó todas las acusaciones y argumentó que no competían en el mismo mercado, además de recordar que la exigencia de pago para acceder al Cendoj carece de cobertura normativa. Por otro lado, precisó que su base de datos se nutre de resoluciones judiciales que aparecen en los motores de búsqueda gratuitos -aplicando un filtro para dejar fuera las que pertenecen al CGPJ-, y de los fallos que los propios abogados de la plataforma suben a la web.
La titular del juzgado de lo mercantil número 2 de Pontevedra desestimó íntegramente la demanda y declaró que no se podía llegar a la conclusión de que es obligatorio e imperativo el pago al Cendoj para poder reutilizar las sentencias almacenadas.
En el recurso de apelación, La Ley pidió que se volvieran a practicar diligencias e insistió en que es falso que Emérita Legal utilice un sistema de selección de sentencias para dejar fuera las del Cendoj. El tribunal de la Audiencia de Pontevedra, acordó practicar una segunda fase de prueba y pidió entonces a la start-up que aportara los contratos de licencia de los software que utilizaban.
La Audiencia Provincial ha establecido que ambas empresas compiten en el mismo mercado y sus productos tienen características similares. Pero finalmente ha rechazado la demanda porque no ha quedado acreditado que Emérita Legal acceda al Cendoj, ni que sus métodos para obtener las resoluciones sean ilícitos.
Para emitir su dictamen, la Sala se ha valido del informe del director del CENDOJ en un procedimiento ya archivado en 2021 por la Agencia de Protección de Datos y en el que La Ley demandó a la start-up por los mismos hechos.
Según la información que proporcionó el Consejo General del Poder Judicial a Protección de Datos, sí que se exige el pago para obtener la licencia y poder comercializar con las sentencias de su base de datos. Sin embargo, afirmó que no había detectado descargas masivas por parte de la empresa demandada.
"Pese a las comprobaciones efectuadas, no consta a día de hoy que, [la demandada] haya realizado descargas masivas de resoluciones del Cendoj. No se descarta, sin embargo, que pudieran haberse realizado una suma de descargas parciales o desde direcciones desconocidas hasta el momento o bajo configuraciones o técnicas desconocidas", aseguró el director del centro de documentación.
El perito de Emérita Legal explicó en su informe el método que utilizaban para elaborar su ránking de letrados. Para empezar, señaló que utilizaban un programa de extracción de datos en internet, llamado ScrapeBox, que rastrea por navegadores como Google las sentencias.
Cuando la aplicación encuentra una, no extrae toda la información, sino únicamente el tipo de resolución, el juzgado, la Sala, la localidad, fecha, jurisdicción, abogados, procuradores, fallo…
La Ley, además, acusó a Emérita Legal de hacer publicidad engañosa por haber afirmado que su base de datos se nutría de más de 6 millones de resoluciones judiciales, cuando durante la investigación reconoció utilizar menos de 3 millones.
La sentencia de instancia y la Audiencia de Pontevedra han desestimado que se trate de publicidad ilícita porque ese dato no incide “en el comportamiento de los destinatarios finales del producto”.