Desde ayer miércoles, 1º de enero de 2025, los contribuyentes pueden solicitar la devolución de las percepciones del dólar tarjeta por consumos durante el 2024. Cómo iniciar el trámite y las recomendaciones de los tributaristas para acelerar el reintegro.
Vencido el 2024, los contribuyentes que no las computan en la declaración anual del alguno de los dos impuestos, cuentan la posibilidad de solicitar la devolución en el sitio de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
Durante el año pasado, la cotización del dólar tarjeta se conformó por la de oficial más un 30% del impuesto PAIS y otro 30% de percepciones del impuesto a las Ganancias o sobre los Bienes Personales (dependiendo de la situación del contribuyente)".
"Desde el 1º de enero de 2025 ya se puede iniciar la solicitud y cuanto antes mejor", destacó el CEO de SDC Asesores Tributarios, Sebastián Domínguez a causa de que a partir del momento en que se lleve a cabo empiezan a correr los intereses.
Una postura con la que coincidió el contador Marcos Felice quien remarcó la importancia de hacerlo cuanto antes, dado que los intereses se computan desde el día de la solicitud (3,11% mensual), pero también por la lógica por orden que maneja el organismo.
A su vez, Domínguez arrojó una recomendación a los fines de la devolución se concrete en el menor plazo. "Cuando se ingresa al sistema están percepciones que fueron informadas por el agente y puede suceder que haya algunas que no estén, que se pueden cargar de forma manual, pero hay que evaluar si es conveniente hacerlo", agregó.
Dado que la carga manual hará que se demore el trámite de devolución. Así, destacó, que la decisión de hacerlo o no dependerá del monto de las percepciones que no hayan sido informadas por parte el fisco en el sistema.
Otro de los factores que se deben tener en consideración es la inflación: para quien realizó consumos en enero de 2024 con dólar tarjeta se vio afectado por el alza de precios que desde enero a noviembre acumuló un 112% según el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).
Con la Resolución General 5617/2024, en donde se definieron las percepciones para el dólar tarjeta del 2025, el director ejecutivo de ARCA, Juan Pazo estableció las condiciones y cómo se debe llevar a cabo la solicitud.
"Deberán contar con Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), "Clave Fiscal", Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta bancaria, y Domicilio Fiscal Electrónico. "La solicitud de devolución deberá efectuarse de acuerdo con los términos y condiciones detallados en el micrositio habilitado en el sitio web de este Organismo", destacaron.
Para ello, los contribuyentes deberán ingresar en el sitio web de ARCA con Clave Fiscal, ir la solapa de "Mis aplicaciones web" y seleccionar la opción para completar el formulario (F1746) para la devolución de percepciones.
Allí, los mismos podrán visualizar y seleccionar las percepciones que efectuaron e informaron los agentes. Y en el caso de que, algunas no se encuentren, el sistema permitirá incorporarlas manualmente a partir del primer día hábil del año siguiente al que fueron practicadas.
"En todos los casos se deberá disponer del extracto bancario, resumen, liquidación de la tarjeta, comprobante, factura y/o documento equivalente de que se trate, en el cual conste la percepción que se está informando y, en su caso, la fecha del comprobante", puntualizaron.