Luego de no prorrogar la suspensión de los embargos y las ejecuciones fiscales, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) lanzó nuevos planes de facilidades para la pequeñas y medianas empresas (pymes) y otros tipos de contribuyentes.
"[Se] pondrá a disposición planes de facilidades de pago de hasta 4 años para las Micro, Pequeñas o Medianas Empresas, entidades sin fines de lucro, contribuyentes del sector de salud y pequeños contribuyentes, para regularizar sus deudas tributarias", destacaron en el comunicado.
En estos nuevos planes, que dará a conocer de forma oficial el fisco el lunes por medio del Boletín Oficial, las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, a tasa fija (no cambiarán durante la vigencia del mismo) para las obligaciones incluidas y vencidas hasta el 31 de diciembre de 2024.
Esto último, indican en el organismo, implica una drástica reducción de la tasa de financiación a la par de que no requerirá ingreso de un pago a cuenta. "Se busca brindar mayor flexibilidad a los contribuyentes para que puedan ponerse al día con sus obligaciones tributarias no prescriptas, inclusive las no regularizadas en la moratoria recientemente finalizada", sostienen.
En cuanto a la tasa de financiación, para pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud será de un 25% sobre la del interés resarcitorio vigentes al momento de la implementación del régimen. Mientras que para medianas empresas -Tramos 1 y 2- se aplicará un 40% de la misma.
La cantidad máxima de cuotas dependerá del tipo de contribuyente y de la deuda. Así, los pequeños, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y del sector de la salud para obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social (excepto retenciones y percepciones impositivas) y aduaneras tendrán hasta 48. Una cifra que se reducirá a 36 en el caso de las medianas empresas -Tramo 1 y 2- para el mismo tipo de deuda.
En el caso de deuda por retenciones y percepciones impositivas para los pequeños, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y del sector de la salud las cuotas serán hasta 24. Y para las medianas empresas 18.
Desde el 3 de febrero hasta el 30 de abril de 2025, ambos inclusive, los contribuyentes podrán adherir a través del sistema informático "Mis Facilidades" con Clave Fiscal. Para ello deberán contar con Domicilio Fiscal Electrónico constituido, declaraciones juradas presentadas, CUIT activa y CBU informada.
La exclusión de las pymes de la Resolución 1445/2024, que se publicó en la madrugada de este viernes en el Boletín Oficial, y las críticas que despertó entre los contadores, quienes exigían al ministro Caputo dar marcha atrás con la medida.
A la par de un plan de facilidades de pago con tasas y plazos "razonables" para adherir para luego si regresar al esquema de juicios. Ya que, de lo contario, se iban a generar un aluvión de juicios contra las mismas desde febrero.