Según la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), en caso de superar el máximo de facturación permitido en octubre, de acuerdo a la categoría, habrá que realizar un reencuadramiento en una categoría superior. Este trámite es indispensable para regularizar la situación del contribuyente ante el organismo recaudador.
En este sentido, no cumplir con este trámite podría traer complicaciones, ya que la AFIP puede detectar el exceso y forzar al contribuyente a realizar un cambio de categoría retroactivo, con el posible pago de intereses por el diferencial no abonado.
Además, si no se realiza el ajuste a tiempo esto también puede derivar en la exclusión del régimen simplificado, obligando al usuario a inscribirse en el régimen general. Algo que implicaría mayores responsabilidades fiscales.
De acuerdo a lo establecido por AFIP, los topes de facturación anuales según la categoría, son los siguientes:
Los montos varían en forma considerable, dependiendo de la categoría actual a la que se pertenece, por lo que recomiendan monitorear mensualmente los ingresos, y así evitar sorpresas a fin de año.
De esa manera, al superar el límite de facturación de la categoría, el cambio no sólo implicaría un aumento en el monto mensual a pagar, sino también en la posibilidad de que el Estado aplique mayores retenciones.
Por su parte, a medida que se ascienda de categoría, los porcentajes de aportes a la seguridad social y obra social también varían, dependiendo de los montos que sean descontados por esta cobertura.