La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso de un repelente que no poseía inscripción sanitaria como tampoco otros datos necesarios para su uso.
A través de la Disposición 8833/2024, publicada este jueves en el Boletín Oficial (BORA), el organismo detectó que el artículo con aceite de citronella y aloe vera, marca SD.E carecía de información del establecimiento elaborador, inscripción sanitaria ni listado de ingredientes.
Esta semana, la ANMAT también prohibió otro producto de similares características de la marca Mos Out por no estar registrado.
La detección se dio a partir de la intervención de Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal dependiente de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para Salud (DEGMPS), quien realizó una inspección de fiscalización de producto realizada en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).
En el procedimiento dieron cuenta de la comercialización del producto de origen nacional: "REPELENTE DE MOSQUITOS FAMILIAR CON ACEITE DE CITRONELLA Y ALOE VERA, MARCA SD.E". No tenía datos de establecimiento elaborador, inscripción sanitaria ni listado de ingredientes.
El Servicio de Productos Cosméticos y de Higiene Personal constató que el repelente no correspondía tampoco a un repelente de insectos inscripto ante la ANMAT.
Por ende, a fin de proteger a los eventuales usuarios, el organismo prohibió su uso, la comercialización, la publicidad, la distribución en todo el territorio nacional al igual que publicación en plataformas de venta en línea del producto en todos los lotes, presentaciones, vencimientos y contenidos netos.