La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó la obligación de informar al organismo sobre las intimaciones realizadas a empleadores mediante telegramas o cartas documento.
Lo hizo a través de la Resolución General 5560/2024 publicada este lunes en el Boletín Oficial.
El ente recaudador suprimió el servicio informático "Telegramas laborales", donde se remitían las copias digitales de las comunicaciones laborales dirigidas a empleadores que se enmarcaban en el artículo 1° de la ley 24.013.
"Como la ley Bases adoptó una serie de medidas tendientes a mejorar y agilizar los procesos administrativos, la AFIP dejó sin efecto la norma que reglamentaba este procedimiento", justificó el organismo.
A partir de ahora, los empleadores ya no deberán comunicar a la AFIP intimaciones realizadas por trabajadores o asociaciones sindicales mediante telegramas o cartas documento.
Aún así, se aclaró que "el servicio seguirá disponible en la página web para que los usuarios puedan acceder a los datos históricos de las comunicaciones registradas".
"Esto permitirá la consulta de la imagen digitalizada y los datos asociados a las comunicaciones laborales enviadas por los trabajadores a sus empleadores en el pasado", precisó el comunicado oficial.
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