La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Córdoba ha confirmado la sentencia condenatoria a una madre por un delito de abandono de menor, en virtud de la grave situación de absentismo escolar de su hija durante varios años. Según el fallo, al que ha tenido acceso ABC, la progenitora tendrá que hacer frente a una multa de 1.260 euros . Los hechos datan de los cursos académicos 2018-2019, 2019-2020 y 2020-2021, en los que la menor, matriculada en un IES de Córdoba, acumuló un elevado número de faltas , muchas de ellas no justificadas, además de ausencias parciales en varias jornadas. Según el escrito, la joven llegó dejar su pupitre vacío hasta un trimestre completo. A pesar de las intervenciones de los entes responsables, la madre no mostró la disposición necesaria para garantizar la asistencia de su hija al instituto. «Fue informada la obligatoriedad de la escolarización y de su obligación especifica de procurar que la joven acudiera a clase, siendo convocada a entrevistas para tratar la situación, sin que la acusada compareciera a las citas ni ante el centro escolar, los Servicios Sociales del Ayuntamiento o las instancias educativas, ni atendió las citaciones y reuniones convocadas para tratar el problema», recoge la sentencia. En su recurso de apelación , la defensa alegó que el absentismo fue causado por el temor al contagio de Covid-19 , apuntando además a dificultades de conexión durante el periodo de enseñanza a distancia. Sin embargo, la Audiencia Provincial ha desestimado dichos argumentos, recordando que la actitud pasiva y desatendida de la madre, a pesar de la constante intervención de las autoridades educativas, constituye una omisión voluntaria de su deber de garantizar la escolarización de su hija. El tribunal destaca que, a pesar de que la situación de absentismo comenzó antes de la pandemia, la madre no hizo esfuerzos suficientes para solucionar la situación, evidenciando una falta de implicación en el bienestar y educación de la menor. Además, considera que el miedo a que la niña pudiera contraer Covid-19 no justifica el incumplimiento de las obligaciones parentales. Así, la Audiencia ratifica la condena de 7 meses de multa con una cuota diaria de 6 euros y la responsabilidad subsidiaria en caso de impago. Contra este fallo cabe recurso de casación.