El Ayuntamiento de Dénia ( Alicante ) ha sido condenado por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) a pagar a una funcionaria municipal siete años de atrasos de un plus salarial que se le había quitado, 7.000 euros en total, según ha informado el Sindicato de Empleados Públicos (SEP). La Sala de lo contencioso-administrativo que se ha ocupado de este caso obliga al equipo de gobierno municipal socialista de la alcaldesa Mª Josep Ripoll a reconocer un complemento de destino superior y al abono de esos ingresos que ha dejado de percibir desde 2017 hasta la actualidad. La trabajadora realizó funciones superiores a su puesto por nombramiento de la propia Administración durante siete años , entre 2010 y 2017, por lo que percibió dos niveles más de complemento de destino. No obstante, cuando concluyó su nombramiento en 2017, se decidió rebajarle ese complemento, pero el SEP ya señaló en 2019 que toda la jurisprudencia del Supremo indicaba que los complementos de destino percibidos durante más de dos años se deben consolidar. Esa medida se adoptó cuando también gobernaba el municipio el PSPV-PSOE , en aquel momento, el alcalde Vicent Grimalt. «El Ayuntamiento hizo oídos sordos a esta doctrina y rebajó el complemento de destino a la trabajadora. Ahora, tras un largo periplo judicial pasando por primera instancia y después por el Tribunal Superior de Justicia, el consistorio deberá hacer frente a las diferencias, que ascenderán a unos 7.000 euros más las cotizaciones sociales correspondientes», han detallado desde el sindicato. «Para el SEP lo más gravoso es que este complemento el Ayuntamiento lo consolida en algunos casos, mientras que en otros lo retira, generando situaciones de desigualdad, incluso dentro de un mismo departamento», ha denunciado. Para subsanarlo, solicitará que se aplique a todos los funcionarios que se encuentran en la misma situación, para evitar que la concesión de este derecho se utilice también como « premio » cuando se concede, o como « castigo » cuando se deniega, y se generen así « agravios innecesarios». La propia sentencia del TSJ señala que el Ayuntamiento contribuye a crear situaciones de cierta «confusión» al realizar nombramientos interinos de personal que ya es funcionario de carrera, según el SEP. «Pese a ello, su actuación no impide que se aplique la jurisprudencia del Tribunal Supremo, ratificada recientemente, de consolidación de grados superiores incluso al personal interino», aseguran. Aunque la sentencia es técnicamente recurrible ante el Tribunal Supremo, desde este sindicato de funcionarios auguran que «su recurso de casación resulta poco viable además de costoso, dado que la resolución del TSJ se basa en una sentencia de 2023 del propio tribunal Supremo».