Las noticias positivas en materia de empleo no llegan solas. El mismo día que la Encuesta de Población Activa (EPA) certificaba que Andalucía lideró la bajada del paro en España con 54.100 desempleados menos en el segundo trimestre, el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) publica la convocatoria de subvenciones para el fomento del empleo en el ámbito local. El objetivo es que los ayuntamientos y corporaciones locales realicen contratos a jóvenes y parados de 45 años o más durante seis meses . La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, que dirige Rocío Blanco, estima que con este plan de ayudas dotado de 110 millones de euros, denominado Programa Andalucía Activa , pueden realizarse un total de 10.476 contrataciones en los próximos meses. Las bases reguladoras se han anunciado este viernes en el BOJA, por lo que los ayuntamientos pueden solicitarlas a partir del próximo lunes 29 de julio y hasta el 16 de septiembre. Como novedad con respecto a ediciones anteriores de planes de empleo, en esta convocatoria se incrementa el importe máximo del incentivo hasta los 10.500 euros por contrato. El programa tiene dos líneas de actuación. La Línea 1 esta dirigida a ayuntamientos de hasta 50.000 habitantes y sus entidades locales autónomas (ELA) y la Línea 2 a municipios que superen dicha población. A las primeras localidades, más pequeñas, se destina una partida de 79.999.500 euros para realizar un total de 7.619 contratos. Entre los municipios de más de 50.000 habitantes, la Consejería de Empleo va a distribuir 29.998.500 euros, que se traducirán en 2.857 contrataciones. Los destinatarios son desempleados inscritos como Demandantes de Empleo No Ocupadas (DENO) La Línea 1 va dirigida a dos colectivos: parados de entre 18 a 35 años de edad, ambos inclusive, y de 45 años de edad o más . La Línea 2 es para demandantes de empleo de 45 años de edad o más Personas desempleadas e inscritas como Demandantes de Empleo No Ocupadas (DENOs) Las personas destinatarias recibirán la tutorización de las entidades beneficiarias, y contarán con acciones de orientación por parte de profesionales del Servicio Andaluz de Empleo. La Orden de 2 de julio de 2024 por la que se aprueban las bases establece un régimen de concurrencia no competitiva para el fomento del empleo en el ámbito local y mejora de la empleabilidad. Se pretende que adquieran experiencia laboral vinculada a una ocupación, a través de contrataciones para la realización de proyectos puestos en marcha por ayuntamientos y entidades locales autónomas de Andalucía. La subvención financia contrataciones de 6 meses, a jornada completa. Los grupos de cotización van del 4 al 10. Plazo máximo de ejecución del proyecto municipal sufragado es de 12 meses. Los ayuntamientos deben presentar un único proyecto compuesto por una o varias actuaciones diferenciadas. El importe máximo del incentivo es de 10.500 euros y se ha incrementado por contrato con respecto a anteriores ediciones de planes de empleo, que cifraban la cuantía en 9.000 euros. La solicitud se puede hacer a través del Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía. Las bases establecen un pago único del 100% de la cuantía con una justificación diferida . Este incentivo es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos , para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones Públicas o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, de la Unión Europea o de otros organismos internacionales, siempre que el importe de las mismas, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas, ingresos o recursos, no supere el coste de la actuación subvencionada. Mediante una oferta que la entidad beneficiaria (el ayuntamiento) deberá presentar ante el Servicio Andaluz de Empleo, en el plazo máximo de 5 días a partir del día siguiente en que tenga lugar la notificación de la resolución de concesión. Se reserva una cuota del 6 % del total de las contrataciones para personas con discapacidad. Habrá una preselección a cargo del Servicio Andaluz de Empleo, conforme a los principios de igualdad, mérito y capacidad . Se mandarán al ayuntamiento dos personas candidatas por cada puesto de trabajo solicitado. La entidad beneficiaria hará el contrato a alguno de estos candidatos. Cuando se produzca el cese de alguna de las personas contratadas con anterioridad a la fecha de finalización del contrato, se deberá proceder a su sustitución en el plazo máximo de un mes.