La lista de espera de menores en situación de desprotección que aguardaban a ser tutelados por la Junta de Andalucía, pese al riesgo de mantenerse en su entorno familiar era de 135 niños en 2022, cifra que ha bajado a los 50 expedientes de desamparo en Córdoba. Una situación igualmente alarmante porque son menores con diagnóstico de «maltrato grave» sobre los que hay que tomar una medida protectora y que continúan residiendo en su entorno familiar maltratante. Esta denuncia la trasladó el pasado año el Servicio de Protección de Menores al Defensor del Pueblo. Aunque se ha reducido el número de menores pendientes de protección, sigue siendo una cifra «inasumible e inadmisible». Detrás de cada niño hay situaciones de alto riesgo como maltrato, violencia doméstica a diario con padres adictos al alcohol y drogas y en unas vivienda en condiciones insalubres, incluso desnutrición. La razón de este desaguisado es la falta de profesionales en el Servicio de Protección de Menores de Córdoba. En este contexto, el Defensor del Pueblo ha expuesto en el Parlamento de Andalucía este mes de julio que «valora iniciar una exhaustiva investigación de oficio para comprobar el número de profesionales de los diferentes equipos tutelares de la Entidad Pública en las ocho provincias de Andalucía con sus correspondientes cargas de trabajo y las incidencias de las posibles disfunciones que estas deficiencias en materia de personal estén provocando en la vida de aquellos niños que se encuentren en situación grave o muy grave de riesgo». La situación no es nueva, sino que parte de la época del Gobierno socialista en la Junta, en la que los trabajadores ya salieron a al calle denunciando la falta de medios personales para poder abordar estas situaciones de riesgo tan complejas y comprometidas en la que están en juego menores en desamparo. Estos equipos técnicos ya en 2017 lamentaban públicamente que era «paradójico que pueda existir una lista de espera para menores que están en una situación de alto riesgo ». En 2019 la cifra de estos niños en riesgo pendiente de protección era de 68 menores en Córdoba, en 2022 la cifra llegaba a los 135 y en mayo del pasado año los niños pendientes de ser acogidos por la Junta sumaban ya los 170, según este informe de la Defensoría. Los equipos psicosociales encargados de ejecutar las medidas de protección a un menor están conformados por cuatro trabajadores sociales y tres psicólogos. En febrero del pasado año, sólo dos trabajadores sociales de los ocho que deberían conformar los equipos se encontraban al frente del departamento. La situación fue puesta en conocimiento de la Fiscalía de Menores y de la Dirección General de la Infancia, Adolescencia y Juventud de la Junta de Andalucía. Ahora el Defensor del Pueblo, en su última exposición ante el Parlamento autonómico, ha dado cuenta de la situación instando a la Consejería de Inclusión Social de la Junta de Andalucía a que analice la situación e «inicie los trámites para dotar de recursos personales a estos servicios para desarrollar adecuadamente la prevención y promoción de los derechos de la infancia y adolescencia acorde con la trascendental función pública que tiene asignada». La institución además apremia a los ayuntamientos y la Entidad Pública de Andalucía a que «se incrementen los esfuerzos para dotar de mayor formación especializada a los profesionales en materia de derechos de infancia y adolescencia en riesgo de desprotección». Esta situación en 2020 ya fue revisada y plasmada en un informe por parte de la Inspección General de Servicios donde se analizaban los puestos de trabajo en estos Servicios de Protección de Menores en las ocho provincias para calcular el índice de complejidad de las funciones desarrolladas y poner este valor en relación con el número de personas que asumen competencias y funciones establecidas en la estructura orgánica de la Consejería. Allí concluía que Córdoba «en términos relativos era la que afrontaba una mayor complejidad en su gestión con una menor dotación de efectivos de personal». Y echando la vista atrás, ese mismo informe ya concluía que «en Córdoba se producía una tendencia al mantenimiento o decrecimiento del número de efectivos de personal». En este sentido, el Defensor del Pueblo ha trasladado al Parlamento de Andalucía su preocupación por la situación al entender que «aunque a priori pueda parecer que la carga de trabajo de estos profesionales está acorde a sus capacidades, sin embargo, no hay que olvidar que atienden a los casos más graves y que su intervención es más especializada». El comisionado ha expuesto también en el Parlamento Andaluz la queja que estos profesionales le han trasladado sobre la saturación del trabajo de estos equipos y la ausencia de tiempo necesario para intervenir adecuadamente con cada familia. «En alguna ocasión nos han manifestado sentirse desbordados por la cantidad de trabajo y la delicada situación que abordan. Argumentan que se ven en la tesitura de tener que emitir informes recurrentes sobre los mismos casos y el riesgo que puede conllevar con los menores, más por el temor a las posibles consecuencias que puedan darse posteriormente (maltrato, agresiones, muertes, etc.) que por la modificación del problema real, por no poder llegar a atajar las causas», dice el texto. Esta carga de trabajo «influye, como no puede ser de otro modo, en el trabajo con las familias y en los plazos que la normativa establece para la intervención. Se trata de revertir una situación de riesgo y para ello la Ley de la infancia y adolescencia de Andalucía determina unos tiempos que, al menos teóricamente deben respetarse. El plan de intervención familiar tendrá una duración máxima de doce meses, prorrogables por un máximo de otros seis meses si se considera oportuno, para alcanzar los objetivos». «La saturación del servicio puede motivar que los plazos señalados no puedan cumplirse por imposibilidad del abordaje y las situaciones de riesgo se cronifiquen», apunta la institución. Y por lo que respecta al personal del Sistema de Protección, según el Defensor del Pueblo, «hemos tenido conocimiento por los profesionales de la reiterada saturación de trabajo, lo que hace que se demore la tramitación y, por tanto, la adopción de decisiones, de los expedientes de situaciones de riesgo muy grave que les trasladan los servicios sociales comunitarios o los equipos de tratamiento familiar». Así, explican que «mientras, el niño o niña ha de continuar conviviendo durante no se sabe cuánto tiempo con una familia que no sabe o no quiere prestarle los apoyos necesarios para su crianza y desarrollo ». A ello «se suma la complicada situación de los profesionales de los servicios sociales o ETF que ya han hecho su labor, recomendando la separación del menor de la familia pero que deben continuar atendiendo el caso con las reticencias evidentes de padres y madres por la decisión adoptada». Esta carga de trabajo de los equipos psicosociales que tienen que intervenir en estas familias repercute, denuncia el Defensor del Pueblo , en los plazos que la normativa establece para la intervención, recordando que se trata de revertir una situación de riesgo. En este sentido, la ley estima que el plan de intervención familiar debe tener una duración máxima de doce meses, prorrogables por un máximo de otros seis meses si se considera oportuno, para alcanzar los objetivos del mismo. La saturación del servicio puede motivar que los plazos señalados no puedan cumplirse por imposibilidad del abordaje y las situaciones de riesgo se cronifiquen. A lo anterior se suma, ha lamentado el Defensor del Pueblo, «la alta rotación del personal. «Es frecuente que el personal del sistema de protección rote por la incomodidad de las funciones que han de desempeñar, optando por destinos con menor presión , menor carga de trabajo y menor implicación emocional». El informe señala que «la vida personal y familiar de dichas personas provoca en el personal interviniente una presión constante -propia e inducida- traducida en situaciones de estrés e impotencia para ofertar soluciones que en muchas ocasiones no están en sus manos». Y a todo esto se une, según este informe, «el que se den casos de amenazas, coacciones o insultos y descalificaciones por parte de dichas personas afectadas por procedimientos de desamparo o que de algún modo hayan visto limitado su derecho de relaciones con la persona menor protegida».