El Juzgado de lo Penal número 3 de Córdoba ha condenado a tres años y tres meses de prisión a la madre de un niño de tres años y a su pareja sentimental por maltratarlo en una vivienda a las afueras de la capital causándole enormes hematomas en el glúteo, muslo y daños en un oído que fueron detectados en el centro escolar. La sentencia, a la que ha tenido acceso ABC, recoge como hechos probados que la acusada convivía junto a su hijo, de 3 años de edad , y otros familiares del acusado, desde aproximadamente el mes de noviembre de 2021 hasta el 21 de enero de 2022. Durante ese tiempo, en fecha no concretamente determinada, el acusado, en presencia de la madre del niño, tras reñir al pequeño, le golpeó con un objeto contundente en la cabeza , sin que la progenitora le protegiera ante la conducta de su pareja sentimental. Asimismo, el acusado, escasos días antes del 21 de enero de 2022, se enfureció de nuevo con el pequeño y a pesar de estar presente la madre, le propinó una fuerte patada en las nalgas y asimismo una bofetada en la cara , sin impedirlo en ningún momento la acusada, la cual sólo intervino con posterioridad para aplicar una crema al pequeño, ante el gran hematoma que presentó con posterioridad. A consecuencia de las agresiones, según consta en la sentencia, «el menor sufrió un hematoma de gran tamaño que ocupaba ambas nalgas y la mitad superior del muslo derecho en su cara posterior y externa, petequias en la cara lateral izquierda del cuello y hematoma en el pabellón auricular derecho, tardando en curar 10 días sin impedimento para sus ocupaciones habituales y sin secuelas«. El fallo judicial recoge que se ha valorado en conciencia la prueba aportada en esta causa, en particular, las declaraciones testificales de las profesionales del centro escolar quienes hablan directamente con la madre sin que esta actúe contra su pareja así como las propias expresiones usadas por el hijo menor de edad donde evidencia que las situaciones de maltrato son directamente presenciadas por la madre. Igualmente, el juzgador aprecia esta posición de garante en su actitud de ocultar, justificar y encubrir la actuación de su pareja tanto ante las profesionales, como en el centro hospitalario como incluso ante su propia madre, quién sabedora de la situación que atraviesa su nieta decide personarse en las actuaciones amén de ostentar en la actualidad el cuidado del menor. El juez condena a cada uno de los dos acusados a 10 meses de prisión por cada uno de dos los delitos de malos tratos en el ámbito de la violencia doméstica (40 meses de prisión) así como prohíbe comunicar con él por cualquier medio por tiempo de dos años por cada delito de malos tratos. En el presente caso, además, los dos acusados, conjunta y solidariamente, indemnizarán al representante legal del menor, es decir, la abuela materna, en la cantidad de 450 euros por los días de curación.