La Audiencia Nacional ha respondido al juez Aguirre que en 2020 decretó el archivo de la investigación sobre la supuesta injerencia de espías rusos en Cataluña . El instructor del caso Tsunami, Manuel García-Castellón, ha contestado así al requerimiento del titular del Juzgado de Instrucción 1 de Barcelona, que el pasado febrero solicitó «testimonio de cierto o ciertos informes policiales» sobre «la presencia de determinados agentes de los servicios secretos » del Kremlin «en España», por si pudieran ser de utilidad para las pesquisas que dirige sobre la presunta conexión entre el entorno de Carles Puigdemont y Moscú, por la que habrían mantenido «estrechas relaciones personales». La respuesta, consultada por ABC, incluye el auto del Juzgado Central de Instrucción 6, fechado en julio de 2020, que decreta el sobreseimiento de la causa. Éste detalla que la investigación comenzó después de que la Comisaría General de Información (CGI) detectase un «ataque cibernético», ideado «de forma coordinada», por personas «afines al movimiento independentista catalán y miembros de agencias de inteligencia de la Federación Rusa». Toda esa operación, «se habría mantenido gracias a la presencia física de actores rusos en territorio español , concretamente Cataluña» y «en fechas próximas al referéndum de 2017». La investigación contó con un testigo protegido. En su declaración, «de forma sucinta», hizo referencia a como «los servicios de información de Rusia estarían detrás de los intentos de desestabilización de España, usando para ello los últimos acontecimientos ocurridos en Cataluña». Apuntó también que el objetivo último de dicha campaña era desestabilizar Europa y «el mundo occidental». A pesar de ello, y de que el citado testigo aportó nombres de empresas y personas, «fue incapaz de aportar ninguna prueba documental» o de otro tipo que pudiera apoyar lo afirmado. Por ese motivo, el juez encargó a la CGI un estudio detallado sobra la información que aportó el testigo. Tiempo después, éste sí aportó algún documento. La Policía comprobó que los nombres que éste había aportado sí se correspondían con personas del ámbito económico y político de Cataluña, así como a nacionales de la Federación Rusa. «Fuera de esta declaración, poco o nada aporta lo dicho por la Policía, por cuanto los individuos mencionados carecen de antecedentes, y toda la información está recogida en los medios de comunicación», reza el auto, consultado por ABC, que abunda: « Que sean perfiles de personas cercanas a las tesis independentistas no supone un hecho que pueda ser objeto de investigación , máxime cuando las actividades realizadas se hacen a la luz pública y a través de medios en modo alguno ilegales». Sobre los «ciudadanos extranjeros que habrían actuado -según el testigo- en contra de los intereses españoles», «las indicaciones de que sean o no miembros de un servicio secreto sólo aparece en medios periodísticos». Lo que, apunta la resolución, «carece de relevancia penal». «En definitiva, nada se aporta que nos permita mantener viva esta investigación, salvo que pretendamos una causa general en busca de algún indicio que nos permita confirmar la tesis de partida». Por todo ello, concluye que tanto la narración del testigo protegido como su posterior análisis por parte de la CGI, «carece de una mínima narrativa con relevancia penal». Así, el juez, entonces, Alejandro Abascal, decretó el sobreseimiento provisional de las pesquisas. Cabe recordar que, después de que la Audiencia de Barcelona tumbase la prórroga de la instrucción sobre la denominada 'trama rusa' del 'procés', una pieza separada de la operación Voloh, el juez Aguirre abrió una pieza separada para investigar a Puigdemont y a otras once personas por un delito de alta traición, que queda fuera de la ley de amnistía. En el caso del expresidente catalán, sería el Supremo el que tendría que asumir las pesquisas, porque es aforado.