La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla que condenó a seis años de prisión por el caso ERE al expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán y a la exconsejera de Hacienda Carmen Martínez Aguayo rechaza los recursos de súplica que ambos presentaron para evitar que la Administración autonómica informara sobre las peticiones de indulto tramitadas por sus familias. Ambos ex altos cargos socialistas pidieron que no se tuviera en cuenta la opinión de la Junta sobre el perdón reclamado al Gobierno de Pedro Sánchez , puesto que «no es parte en las presentes actuaciones, ni la condena por la que fue solicitado el indulto incluye perjuicio, ni condena por responsabilidad civil», según recogen dos providencias dictadas por dicha sala el pasado 26 de febrero que han sido notificadas este jueves. Las defensas de Griñán y Aguayo señalan que la Administración que sufrió el quebranto de 679.412.179,09 euros, el importe del dinero defraudado en el caso de los ERE por un sistema ilegal de ayudas, no ha reclamado dinero alguno. En la etapa de Gobierno de Susana Díaz, los letrados autonómicos renunciaron expresamente a acusar a los políticos en el juicio del procedimiento específico de la causa, donde fueron condenados 19 ex altos cargos de la Junta, catorce de ellos por un delito continuado de malversación castigado con la cárcel. La Sección Primera desestima su recurso y mantiene la petición de informe a la Junta de Andalucía, tal y como acordó el pasado 2 de febrero. Considera que «no asiste la razón» a los recurrentes puesto que el artículo 24 de la Ley del Indulto, que data de 1870, «no exige que la parte perjudicada —la Junta, en este caso— sea parte en el expediente» . Por tanto, defiende que se solicite su «parecer» sobre el perdón que corresponde otorgar al Consejo de Ministros. En su informe, la Administración autonómica no se posicionaba específicamente sobre la medida de gracia que compete al Gobierno de España pero argumenta como perjudicada que esta medida de gracia no está justificada porque «no se aprecia arrepentimiento» y porque «no se ha devuelto lo defraudado», en torno a 680 millones de euros. No obstante, más allá de su informe jurídico el Gobierno andaluz se posiciona públicamente contra el indulto a los condenados del caso ERE como ha manifestado el presidente Juanma Moreno. Una prerrogativa del Gobierno El informe sobre los indultos que emita el tribunal que dictó la sentencia del caso ERE el 19 de noviembre de 2019 es preceptivo pero no vinculante. El Gobierno puede tenerlo o no en cuenta. Hay un precedente reciente . El Tribunal Supremo se opuso con rotundidad a conceder cualquier forma de indulto, incluso el parcial, a los 12 condenados en el juicio del procés independentista catalán. Aun así, el Ejecutivo de Sánchez otorgó el perdón y ahora impulsa la amnistía, es decir, borrar todos los delitos que cometieron. En su providencia, la Audiencia de Sevilla esgrime el informe de la Fiscalía Anticorrupción en el que pedía opinión sobre los indultos a la Junta, puesto que ejerció la acusación particular hasta que solicitó su archivo, cuando el PSOE gobernaba en Andalucía . Recuerda que, al no ser atendida su petición, «se reservó las acciones civiles, desconociéndose si ha ejercitado las acciones civiles y cuál ha sido la intervención del penado en dicha reclamación». Por tanto, la sala concluye que la propia Ley del Indulto «no exige que la parte perjudicada esté personada, como tal, en el procedimiento». Impone a los recurrentes las costas de oficio causadas con esta impugnación.