El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este viernes 3 de enero la Ley de Eficiencia del Servicio Público de Justicia que introduce una reforma organizativa y otra procesal, con las que se busca mejorar la gestión de recursos y agilizar la carga de juzgados y tribunales.
Estos son los aspectos clave de la nueva ley de eficiencia judicial publicada este viernes en el BOE:
Reforma organizativa. La norma crea los Tribunales de Instancia, un órgano colegiado que integra todos los juzgados unipersonales y de primera instancia en una única organización en cada partido judicial (división territorial más pequeña de la Administración de Justicia que comprende uno o varios municipios de una misma provincia). De esta forma, los 3.800 juzgados unipersonales se transformarán en 431 tribunales.
También se crean las Oficinas de Justicia en los Municipios en las localidades donde no tenga su sede un Tribunal de Instancia para dotarlas de servicios con los que los ciudadanos podrán realizar actos y trámites procesales sin desplazarse.
Reforma procesal. La ley de eficiencia de la justicia incluye modificaciones en materia procesal como la regulación de los llamados medios alternativos de solución de controversias (MASC) en vía no jurisdiccional en los ámbitos civil y mercantil, con el fin de evitar la sobrecarga de juzgados y tribunales.
Jueces sustitutos. El texto señala que el Gobierno deberá presentar a las Cortes un proyecto de ley orgánica para regularizar la situación laboral de magistrados suplentes y jueces sustitutos.
Otros aspectos. La ley de eficiencia judicial también pondrá fin a las golden visa, mantendrá los juzgados de paz y los juzgados de violencia sobre la mujer asumirán las competencias en violencia sexual.
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