Resolvemos algunas de las dudas sobre las ayudas a la compra de vehículos tras los destrozos de la dana. ¿Cómo sé si me han concedido la ayuda o si quedan fondos? ¿Puedo subsanar un error? ¿Está exento de IRPF?
¿Para qué son estas ayudas? Para comprar vehículos nuevos o seminuevos desde el 30 de octubre de 2024 que tengan distintivo CERO emisiones, ECO o C. En función de qué tipo de vehículo se adquiera se recibirá más o menos dinero.
¿Cómo hay que solicitar las ayudas y hasta cuándo? Se solicitan a través de los concesionarios adheridos al plan. Si se cumplen los requisitos, las subvenciones se otorgan por orden de llegada hasta que se agote el presupuesto disponible o se alcance la fecha límite del 30 de junio de 2025.
¿Cómo sé si queda presupuesto o se han agotado? En caso de que se haya agotado el presupuesto de las ayudas, se le comunicará al concesionario. En el momento de cargar la solicitud, no podrá finalizarla.
¿Cómo puedo saber si me han concedido la ayuda? Las concesiones serán publicadas en el Portal de Ayudas del Ministerio de Industria y Turismo.
¿Cómo aplica el concesionario la ayuda si ha sido concedida? Se le realiza un descuento, después de impuestos, del importe de la ayuda concedida, en función del tipo de vehículo. Se refleja como ‘Descuento PLAN REINICIA AUTO +’.
¿Son compatibles estas ayudas con otras? Depende:
¿Cuántas ayudas se pueden conceder a un mismo beneficiario? La subvención se da una sola vez por vehículo siniestrado y asegurado. Solo si se acreditase que una persona era titular de más de un vehículo, podría optar hasta a dos subvenciones si es una persona física y cinco si es persona jurídica.
¿Estas ayudas están exentas del IRPF? No. El Real Decreto-Ley 8/2024, de 28 de noviembre no contempla que estas ayudas para comprar vehículos estén exentas de tributar en el IRPF. Sin embargo, sí son compatibles con la deducción del 15% del IRPF por la adquisición de un vehículo eléctrico nuevo.
¿Y si hay algún error en la documentación presentada? Si los datos erróneos se refieren al beneficiario, al vehículo siniestrado y al vehículo que se adquiere que no son subsanables, ya que puede afectar al cálculo de la ayuda. En ese caso hay que anular la solicitud y realizar una nueva. Si los errores son de otra índole, hay un plazo de diez días para subsanarlos aunque también se puede anular y solicitar de nuevo.
Desde el Ministerio de Industria y Turismo han elaborado esta guía de ayuda con más preguntas y respuestas para resolver posibles dudas.