El Consejo de Ministros ha aprobado este martes crear un reglamento de instalaciones nucleares radiactivas y otras actividades relacionadas con la exposición a radiaciones ionizantes. El impulso de esta norma a través de la aprobación de un real decreto transpone (parcialmente) una directiva europea que España tendría que haber transpuesto a su legislación nacional hace seis años.
Transposición parcial. Con la aprobación del real decreto se regula el régimen de autorizaciones administrativas, prueba y puesta en marcha de las instalaciones, inspección, personal y documentación de las mismas, y cuanto se refiere a la fabricación de equipos emisores de radiaciones ionizantes.
Radiaciones ionizantes. Se trata de un tipo de radiaciones lo suficientemente fuertes para romper los átomos de la materia que se expone a ellos. Según explica Jaime Segarra, vicepresidente del Comité de energía del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid, estos pueden ir desde los rayos X hasta la radiación cósmica.
La norma. La directiva establece normas de seguridad para proteger la salud de las personas que se someten a radiaciones ionizantes en el ámbito ocupacional, médico o poblacional. En especial hace referencia a:
Además, los trabajadores menores de 18 años no podrán someterse a la exposición de estas radiaciones y el resto de trabajadores deberá ser informado y recibir capacitación sobre los riesgos que conlleva esta exposición y el procedimiento que debe seguir para protegerse.
A la espera desde 2018. España debería haber traspuesto a su legislación nacional la directiva (UE) 2013/59 antes del 6 de febrero de 2018.
Sanciones. La Comisión Europea envió notificaciones formales a España en noviembre de 2019 y junio de 2021. El pasado 9 de febrero de 2022 envió al país ante el Tribunal de Justicia Europeo (TJUE), que concluyó que España no había transpuesto a su ordenamiento la directiva en el plazo acordado ni había comunicado a la Comisión cómo iba a implantarla. España tendrá que abonar las costas del procedimiento que aún están por definir.
La protección radiológica. La competencia de garantizar la protección radiológica es del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN), un organismo independiente con personalidad jurídica y patrimonio propios.
El CSN remite a las Cortes la información que estas le soliciten y se relaciona con ellas a través de la Ponencia, que depende de la Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico, explica Segarra.
Jaime Segarra, vicepresidente del Comité de energía del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid
Congreso de los Diputados
Directiva (UE) 2013/59
Ley 15/1980
Página web de la Agencia Internacional de Energía Nuclear de las Naciones Unidas (IAEA)
Sentencia del Tribunal de Justicia Europeo (TJUE)
Referencias del Consejo de Ministros del 3 de diciembre