El Tribunal Constitucional ha rechazado que las madres biológicas de familias monoparentales no puedan ampliar su permiso por nacimiento y cuidado del hijo más allá de las 16 semanas y ha reconocido que en estos casos el permiso se pueda ampliar hasta 26 semanas
Trato “discriminatorio”. El Constitucional explica que el juzgado catalán consideraba que estas previsiones suponen un trato discriminatorio hacia un menor perteneciente a una familia monoparental, al recibir un tiempo de cuidado inferior que el nacido en una familia biparental, a pesar de tener “idénticas necesidades” que el resto.
Resolución. El Constitucional concluye que “en tanto el legislador no se pronuncie al respecto”, el permiso en las familias monoparentales ha de ser interpretado de modo que se sume al permiso para la madre biológica (16 semanas) “el previsto para el progenitor distinto” (10 semanas, al excluirse las seis primeras, que necesariamente deben disfrutarse inmediatamente después del nacimiento).
Contexto. La sentencia del Constitucional clarifica la situación de este tipo de familias tras varias resoluciones contradictorias del Tribunal Supremo. El Alto Tribunal rechazó en 2023 que en una familia monoparental la madre pudiese sumar al permiso por nacimiento y cuidado del menor las semanas que le habría correspondido a un segundo progenitor.
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