“Recibo 1.300 euros al mes […] vivo en España desde hace diez años y nunca he pagado alquiler […] no trabajo y solo vivo de ayudas”, son las declaraciones de un supuesto inmigrante por las que nos habéis preguntado en los últimos días.
Este vídeo, que no aporta ninguna evidencia de sus afirmaciones, forma parte de una narrativa desinformativa recurrente en redes sociales acerca de las supuestas prestaciones económicas que reciben los migrantes por el mero hecho de serlo. Pero estas ayudas exclusivas para inmigrantes no existen en España.
El artículo 14 de Ley de Extranjería (LOEX) establece que los extranjeros con residencia legal pueden acceder a todas las prestaciones y servicios de la Seguridad Social “en las mismas condiciones que los españoles”.
María José Amo Gago, experta en derecho administrativo y directora de Administrativando Abogados, explica a Newtral.es que “los extranjeros con residencia legal en España tienen derecho a las mismas prestaciones que los nacionales, ni más ni menos”.
Francesco Pasetti, investigador de Migraciones del CIDOB, asegura a Newtral.es que en la práctica es más “complejo”: “En términos de derechos formales, ser inmigrante siempre es una desventaja. Como mucho, se les reconocen los mismos derechos, pero hay más dificultades para que se les apliquen en la práctica”.
No hay ayudas económicas exclusivas para los inmigrantes irregulares en España. Amo Gago señala que “no consta en la base de datos de ayudas y subvenciones de la Administración General del Estado ninguna prestación exclusiva para inmigrantes irregulares, ya sea estatal o autonómica”.
Cristina Rodríguez, trabajadora de la asociación Sobre los Márgenes, secunda que “no hay prestaciones económicas directas a los inmigrantes” y añade que lo habitual es que “se les proporcione alojamiento, comida y algunos productos de higiene” en los albergues donde reciben atención.
Excluidos. Los inmigrantes irregulares quedan generalmente excluidos de los derechos al trabajo y de las ayudas a la vivienda recogidos en la Ley de Extranjería, como afirma la Fundación FOESSA (página 3). “No tener residencia legal limita el abanico de derechos y prestaciones, todas las ayudas de vivienda requieren la residencia”, asegura Pasetti.
Dificultades de los inmigrantes para acceder a las ayudas de rentas mínimas en España. El Ingreso Mínimo Vital exige “un año de residencia legal y efectiva en España de forma continuada e ininterrumpida” antes de la solicitud, con algunas excepciones como las mujeres víctimas de violencia de género.
Por su parte, las ayudas de rentas mínimas de las Comunidades Autónomas exigen un periodo previo de empadronamiento de los inmigrantes y, en ocasiones, también residencia legal en España. Por ejemplo, en el caso de la Comunidad de Madrid se exige la residencia legal, mientras que en el País Vasco sólo el empadronamiento.
¿Acceso a la sanidad y educación? Los inmigrantes en situación irregular pueden empadronarse. Este acto les da derecho a la escolarización y atención sanitaria, como afirma Pasetti.
Los datos. Aunque las narrativas de desinformación presentan a los inmigrantes como personas que viven cómodamente de las ayudas en España, los datos indican que tienen mayores carencias que el resto de la población. Según los datos de FOESSA, los extranjeros irregulares se encuentran en situaciones de pobreza severa, privación material y exclusión social en mayor porcentaje que los españoles o inmigrantes regularizados no europeos.
Asilo o protección internacional. Aunque los refugiados reciban ayudas económicas, en base a la normativa y fondos europeos, Pasetti señala que “la protección internacional es un sistema regulado por el derecho internacional” y no está relacionado con las supuestas ayudas estatales que reciben los inmigrantes en España por el hecho de serlo.
Francesco Pasetti, investigador principal del área de Migraciones del Centro de investigación de relaciones internacionales en Barcelona (CIDOB) en declaraciones a Newtral.es
María José Amo Gago, experta en derecho administrativo y directora de Administrativando Abogados, empresa experta en derecho contencioso-administrativo fundada por Antonio Benítez Ostos, en declaraciones a Newtral.es
Cristina Rodríguez, trabajadora de la asociación Sobre los márgenes
Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
Informe del Comité Técnico de la Fundación FOESSA titulado “Vulneración de derechos: Las personas en situación administrativa irregular”
Reglamento de la Renta Mínima de Inserción en la Comunidad de Madrid.
Página web del Servicio Vasco de Empleo.
Artículo de ACNUR sobre los refugiados.