El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado las Zonas de Bajas Emisiones de toda la capital, según informa el propio órgano. La resolución aún no es firme ya que se puede recurrir ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, competente en asuntos de naturaleza contencioso-administrativo. Es decir, las restricciones de circulación siguen estando vigentes, así como sus sanciones por incumplimiento.
Por qué. El TSMJ ha resuelto a favor de un recurso interpuesto por el grupo municipal de Vox en el Ayuntamiento de Madrid alegando la “insuficiencia de los informes previos” que debía haber presentado el Gobierno de José Luis Martínez-Almeida, alcalde de la capital, sobre el impacto económico de esta norma.
- La sentencia incide en el hecho de que estas medidas restrictivas de circulación “afectan presumiblemente” a las personas de menos capacidad económica, “que se ven impedidas o gravemente dificultadas en sus posibilidades de acceder a nuevos vehículos que cumplan con las exigencias ambientales”. Según el tribunal, “no se hizo una valoración de este factor” ni de la repercusión a los vehículos profesionales.
Vuelven los coches. Estas son las ZBE que quedan, previsiblemente, anuladas:
- La Zona de Bajas Emisiones (ZBE), que es la que abarca todo el municipio de Madrid. Es decir, todas aquellas carreteras que están dentro de la M-40.
- Las Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) de Distrito Centro, que comprende las calles de la ‘almendra central’ de Madrid. Sus límites se establecieron desde Argüelles a la glorieta de Colón, bajando la Castellana hasta Atocha, y desde esta a la Puerta de Toledo pasando por Embajadores.
- La ZBEDEP de Plaza Elíptica, que abarca la glorieta con este nombre (en el distrito de Carabanchel) y sus las calles aledañas, incluyendo el túnel de la carretera A-42 en ambos sentidos.