Una opa es una operación por la que una o varias sociedades ofrecen a todos los accionistas de una compañía cotizada la compra de sus acciones. En las últimas semanas, operaciones como la opa del BBVA para hacerse con el Banco Sabadell o la que intentó Ganz MaVag sobre Talgo han copado las páginas de la prensa económica. Pero ¿cuáles son los organismos reguladores que intervienen para autorizar o denegar una opa?
El ejemplo de las operaciones entre grandes bancos.
En el citado ejemplo, la opa del BBVA sobre el Banco Sabadell ya recibió el visto bueno del BCE, según confirmó Carlos Torres Vila, presidente del BBVA, a expensas de lo que decida la CNMV y la CNMC. Mientras que la CNMV siempre debe autorizar las opas, la CNMC lo hace en los casos en que se puedan generar problemas de competencia debido a la “concentración económica”.
El Gobierno puede desautorizar la opa. “En términos tanto de forma como de fondo, rechazamos esta operación”, aseguró Carlos Cuerpo, ministro de Economía, aunque matizó que tendrían en cuenta los informes de los organismos reguladores. La disposición adicional decimosegunda de la Ley 10/2014, de 26 de junio, que regula el sector bancario, indica que “corresponderá al Ministro de Economía y Competitividad autorizar las operaciones de fusión, escisión o cesión global o parcial de activos y pasivos en las que intervenga un banco”.
José Carlos González Vázquez, socio del área mercantil de CECA MAGÁN Abogados, afirma a Newtral.es que los informes «son preceptivos pero no vinculantes», por lo que aunque todos fueran favorables, cabría desautorización por parte del Gobierno. Esta denegación, además, debe de estar fundamentada. «Una hipotética denegación debe estar fundada en razones objetivas y proporcionadas y, por ello, parece difícil imaginar que se produjera esa denegación con todos los informes favorables y sin condicionamientos», asegura González Vázquez. El experto indica que una desautorización no fundamentada podría ser recurrida ante la justicia.
Independientemente de lo que decidan los organismos reguladores y el Gobierno, la opa también debe ser aceptada por una mayoría de los accionistas del Banco Sabadell, según explicó su presidente, Josep Oliu, en un comunicado.
La operación de Talgo necesitaba, al menos, la autorización de la CNMV. Sin embargo, estaba sujeta a la Ley 19/2003, de 4 de julio, sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales. Durante la pandemia, el Gobierno aprobó el real decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, que añadía un artículo 7 bis a la ley de capitales y transacciones económicas con el exterior. Así, el Gobierno puede denegar las operaciones que afectan “al orden público, la seguridad pública y a la salud pública”. Este supuesto incluye infraestructura crítica como es el transporte. Igual que en el caso anterior, afirma el experto consultado, la decisión debe de estar fundamentada porque afecta a la «libre circulación de capitales».
Consultado por esta operación, González Vázquez explica que, en caso de que el Gobierno no hubiera vetado la opa, habría que analizar si hubiera sido preceptivo también el informe de la CNMC. «Dado que el oferente era un consorcio donde la mayoría corresponde a un fondo soberano de Hungría, habría que analizar si ese fondo controla otras empresas en mercados relevantes donde también actuara Talgo», asegura. Es decir, el organismo regulador se encargaría de esclarecer si la autorización de la opa provocaría una «concentración económica en el sector de la fabricación de trenes».
Datos del Banco Central Europeo
Datos de la Comisión Nacional del Mercado de Valores
Declaraciones de Carlos Torres Vila, presidente del BBVA
Declaraciones de Carlos Cuerpo, ministro de Economía
Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito
Declaraciones de Josep Oliu, presidente del Banco Sabadell
Ley 19/2003, de 4 de julio, sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior
Consejo de Ministros
José Carlos González Vázquez, socio del área mercantil de CECA MAGÁN Abogados