El presidente en funciones de la Generalitat, Pere Aragonès, ha anunciado que dejará la primera línea de la política y no recogerá el acta de diputado del Parlament tras asumir los “malos resultados” de las elecciones catalanas del pasado 12 de mayo. Estos son los beneficios que podrá disfrutar Aragonès como expresidente de Cataluña.
Asignación temporal. Los expresidentes de la Generalitat tienen derecho a percibir una asignación equivalente al 80% de la retribución mensual que han disfrutado estando en el cargo, según el Estatuto de los expresidentes de la Generalidad. La asignación está vigente por un período equivalente a la mitad del tiempo que han permanecido en el cargo y, como mínimo, por una legislatura.
Pensión. El estatuto también recoge que, al cumplir los 65 años, los expedientes tienen derecho a percibir una pensión de jubilación, equivalente al 60% del sueldo del cargo de presidente. Esta pensión es incompatible con el sueldo que establece el estatuto.
Gastos de oficina. Además de estos beneficios que podrá disfrutar Aragonès, el estatuto señala que la Generalitat de Cataluña debe de facilitar a los expresidentes “los medios necesarios para el sostenimiento de una oficina adecuada a las responsabilidades y funciones desempeñadas, así como la dotación presupuestaria para el funcionamiento ordinario de dicha oficina y para las atenciones de carácter social y protocolario que correspondan”.
El Parlament puede quitarle estos beneficios. Según señala el estatuto, el Parlamento de Cataluña puede retirar todos o parte de los beneficios que ofrece el estatuto con una mayoría de dos terceras partes de sus miembros, es decir, que 90 parlamentarios de los 135 que componen el parlamento catalán estén a favor de su retirada.
Ley 6/2003, de 22 de abril, del Estatuto de los expresidentes de la Generalidad
DECRETO 195/2003, de 1 de agosto, por el que se aprueba el régimen estatutario de los expresidentes de la Generalidad de Cataluña